sábado, 28 de enero de 2023

ROL DE LAS MUJERES EN LA PROPAGANDA DEL DAESH

 


Debido al objetivo del Daesh de construir un Estado, las mujeres tienen un papel importante. Tradicionalmente el papel de las mujeres en la yihad ha sido pasivo, como madres y esposas que apoyan a sus maridos e hijos combatientes. Sin embargo, las mujeres cada vez toman un papel más activo como terroristas suicidas y como reclutadoras. Su lucha activa violenta como combatientes es un polémico tema de debate a día de hoy.

Daesh, Estado Islámico o ISIS

Autores como el periodista y analista internacional Pablo Jofre Leal (citado en Ortuño Pérez, 2017; 2015) han advertido de que el nombre "Estado Islámico" para referirse al grupo terrorista es inadecuado “pues al utilizarlo desdibuja abiertamente las fronteras que existen entre conceptos como el Islam, el islamismo, los musulmanes y los islamistas” (citado en Ortuño Pérez, 2017; 2015:15). 

Jofre Leal (2015) llama la atención sobre el significado del nombre Daesh que se parece al término Daes que significa en árabe “aquel que aplasta algo bajo sus pies” o Dahes que significa “el que siembre odio. En plural, Daw’aish, significa “grupo o agrupación de intolerantes que imponen sus puntos de vista”. Por tanto, Ortuño Pérez (2017) propone sustituir el terrorismo islamista por el terrorismo de Daesh.

Si bien el grupo no logró mantener su territorio y establecer un imperio islamista teocrático, logró generar múltiples ataques terroristas de actores individuales inspirados por ISIS en todo el mundo. La estrategia de comunicación de ISIS influye en la radicalización letal de los terroristas en todo el mundo (Udani, 2018).

Aunque el nivel de amenaza percibido del Daesh hacia la comunidad global ha disminuido considerablemente desde su derrota militar y su pérdida de territorio, su gran presencia en línea y su adaptación a las nuevas tecnologías emergentes son factores importantes en la visibilidad internacional del grupo. 

El objetivo de los grupos terroristas no es solo la consecución de atentados, sino también la propagación de su mensaje y conseguir la atención de un público. De acuerdo con Cimadevilla Valdeón (2017: 47), la propaganda online del Daesh tiene 4 finalidades

  1. «fomentar el miedo entre los soldados de Iraq y Siria, 
  2. aumentar el apoyo a la organización, 
  3. el reclutamiento;
  4. establecer nuevas alianzas con otros grupos terroristas».

El Ministerio de Medios del Daesh controla múltiples servicios de radio, 35 oficinas de medios regionales en todo el Medio Oriente y África y una rama de producción para traducciones al inglés y revistas en idiomas no árabes, Al Hayat Media Center (Milton, 2016). En gran parte, el objetivo de la presencia mediática del Daesh es maximizar la radicalización para ganar reclutas potenciales; por lo tanto, gran parte de su contenido tiene un enfoque externo, creado para fomentar la radicalización y reclutar personas tanto a nivel regional como en el extranjero (Gambhir, 2016; citado por Udani, 2018).

Un informe de la Fundación Quilliam describe la rama de medios del Daesh como un «gigante, que produce en promedio 38 lotes individuales de propaganda cada día: videos, ensayos fotográficos, artículos y programas de audio» (Winter, 2015: 3). El análisis de Milton (2016) de los comunicados de prensa en línea de Daesh observa que, en su punto máximo en agosto de 2015, Daesh lanzó más de 700 piezas de medios visuales en un mes (Udani, 2018)[1].

En octubre de 2014 se creó un ala de medios adicional llamada Fundación al-Zora, que se dedica a producir contenido dirigido directamente a las mujeres (Tarras-Wahlberg, 2016).

Las revistas Dabiq y Rumiyah destacan debido a su manera única de presentar sus contenidos, mezclando las narrativas tradicionales yihadistas con los métodos y estrategias de comunicación modernas (Udani, 2018). 

  • Dabiq comienza en julio de 2014 y publica en inglés, árabe, turco, francés, alemán y ruso. Según la propia publicación: «se trata de una revista con enfoque del Daesh, en la que se ofrecen temas relacionados con el tawhid (monoteísmo), el manhaj (la búsqueda del conocimiento), la hégira (la emigración de Mahoma), la yihad (guerra santa) y la jama’a (comunidad)» (Cimadevilla Valdeón, 2017). Toma el nombre de la ciudad siria donde, según unos hadices, tendrá lugar la batalla final entre los musulmanes y los infieles (Torres Díaz, 2015). 
  • El primer número de Rumiyah fue publicado en septiembre de 2016 y desde entonces no se ha vuelto a publicar un número de Dabiq (Udani, 2018).

Ingram (2016, citado por Udani, 2018) aseguraba que Dabiq fomentaba una visión dicotómica y apocalíptica del mundo utilizando un lenguaje hostil para referirse a Occidente y enfatizando las diferencias entre la civilización islámica y la civilización occidental. Asimismo, Vergani y Bliuc (2015, citados por Udani, 2018) descubrieron que utilizaba un lenguaje emocional para referirse a temas de muerte y religión. Esto enfatiza una visión polarizada del nosotros vs ellos.

Según un estudio aproximadamente 3 000 mujeres residentes en Occidente han viajado a Siria o Iraq. Udani (2018) recoge como causa el especial foco que la revista Dabiq pone en las mujeres.

En la propaganda del Daesh se promete a las mujeres (Tarras-Wahlberg, 2016):

  • La posibilidad de cumplir su obligación religiosa,
  • Convertirse en importantes constructoras del “Estado”,
  • Experimentar relaciones de pertenencia y sororidad profundas y llenas de significado,
  • Vivir una excitante aventura y encontrar el amor verdadero,
  • Ser más influyentes.

La propaganda de ISIS apela directamente a los que se sienten no deseados y discriminados en sus comunidades. Por tanto, Daesh ofrece a las mujeres un sentido de comunidad y pertenencia, hermanas que las respetarán y honrarán. Además, la propaganda del Daesh utiliza referencias de la cultura popular occidental que resuenan con estas mujeres; por ejemplo, un anuncio de maquillaje de L’Oreal (Gan et al., 2019). 

Las mujeres en la propaganda oficial del Daesh

Respecto a los discursos oficiales destaca la Carta a mis hermanas musulmanas publicada en 2009 por Umayma, esposa de al-Zawahiri, en la que recoge la yihad como obligación individual de todos los musulmanes y defiende que la yihad de la mujer es como apoyo del hombre, ya sea:

económicamente, sirviéndoles en sus necesidades (prácticas), brindándoles información, opiniones, participando en la lucha o incluso (ofreciéndonos como voluntarias) para cometer un atentado suicida… Nuestro rol principal… es el de proteger a los yihadistas criando a sus hijos, administrando sus hogares, guardando sus secretos (Qazi, 2011: 38)[2].

El rol pasivo de las mujeres en la yihad es ampliamente compartido mientras que el rol activo violento de las mujeres es tema de debate a día de hoy. No obstante, 6 fatuas permiten la participación de las mujeres en la actividad terrorista (Cimadevilla Valdeón, 2017): 

  • la de Yussuf al Qaradawi, en la que se lee «el acto es una forma de martirio por la causa de Allah… y la mujer debe participar en la yihad, incluso sin el permiso de su marido»; 
  • 3 fatuas de profesores de la Universidad de Al-Azhar de Egipto; 
  • otra de Faysal Al-Mawlawi, quien pertenece al Consejo Europeo para la Investigación y la opinión legal; 
  • y otra de Nizal ‘Abd Al-Qadir Riyyan, perteneciente a la Universidad Islámica de Gaza.

Por otro lado, cabe destacar el comunicado de la brigada al-Khansaa. La Brigada al-Khansaa es un grupo militante compuesto exclusivamente de mujeres que se formó en Siria tras la toma de la ciudad de Raqqa por el Daesh a principios de 2014. En enero de 2015 publicaron un texto titulado Las mujeres en el Estado Islámico: manifiesto y estudio de caso. Aunque no es un documento oficial, se cree que tuvo la aprobación de la élite yihadista. Fue redactado en árabe, lo que hace pensar que está destinado a la comunidad femenina musulmana de los países árabes. Se compone de tres partes: en la primera se expone el papel de la mujer musulmana que deriva de las enseñanzas del Profeta; en la segunda parte se detalla la vida de las mujeres en el califato donde todas las necesidades son cubiertas; y, en la tercera parte, se denuncia la situación de las mujeres en Arabia Saudí. Todo el texto tiene un tono reclutador y hace hincapié en la imposibilidad de llevar una vida plena fuera de las fronteras del califato. Respecto a la primera parte, anota que el lugar de la mujer es como madre y cuidando el hogar; solo se le permite salir de casa por tres razones: si son llamadas a la yihad porque los hombres no son suficientes, si son médicos, maestras o enfermeras y para estudiar teología (Torres Díaz, 2015).

Pero las herramientas de propaganda más importantes para estudiar el papel de las mujeres en la propaganda oficial del Daesh son las revistas Dabiq y Rumiyah. Las secciones de estas revistas que proveen consejos para emprender la héjira e incluyen historias personales de la emigración de mujeres son especialmente dirigidas a las mujeres (Prendergast, 2017).

De acuerdo con Huey (2015), se deben tener 3 cuestiones en consideración:

  1. La representación textual.
    Referencias a mujeres en el texto: normalmente como víctimas que necesitan de los hombres para defenderlas. En la revista Dabiq se cita la persecución de las mujeres para incentivar a los hombres a alistarse en las filas del Daesh. Por otro lado, se incita a las mujeres a realizar la héjira y se recogen historias de mujeres que han emigrado (Huey, 2015). La historia de la héjira de una mujer embarazada es detallada en el número 8 de la revista Dabiq (Toguslu, 2018).

  2. La representación pictórica.
    La ideología salafista prohíbe la representación de los cuerpos y rostros de las mujeres. Por tanto, se encuentran pocas imágenes de mujeres en las revistas. Existe una excepción, la imagen de una joven que anuncia la atención médica ofrecida en los territorios del Daesh. Si bien, se encuentran imágenes asociadas a la feminidad como comida, hogar o colores como el rosa y el morado, pero solo para acompañar a textos escritos por mujeres (Huey, 2015).

  3. Las voces de mujeres.
    La primera mujer entrevistada para la revista Dabiq fue Umm Basir al-Muhajirah, viuda de Amedy Coulibaly, en febrero de 2015, en el número 7 de la revista.
    En el número 8 de la revista Dabiq aparece la primera edición de la sección que primero se tituló Para nuestras hermanas y luego pasó a llamarse De nuestras hermanas. La sección recoge los textos escritos por Umm Sumayyah al-Muhajirah (Torres Díaz, 2015).
    Umm Sumayyah al-Muhajirah, aunque no se conoce la identidad de la persona detrás del nombre, de los caracteres elegidos se puede saber que toma su nombre de Sumayyah bint Khayyat, considerada la primera mártir del islam y se identifica como extranjera al adoptar muhajirah, es decir, «aquella que realiza la héjira». Por tanto, se cree que es originaria de Occidente (Torres Díaz, 2015).
    En su primer artículo, titulado Las almas gemelas de los emigrantes recogía consideraciones sobre la obligación de todo musulmán a realizar la héjira. Se centraba especialmente en las mujeres que viajaban al califato, los obstáculos que debían superar y la plenitud de la vida como esposa y madre, aportando testimonios de mujeres que habían emigrado. Ese artículo pasó casi desapercibido, por consiguiente, en el siguiente escogió un tema más escandaloso y lo tituló ¿Esclavas o prostitutas? En el texto trataba el tema de las mujeres yazidíes que Daesh utiliza como esclavas sexuales y defendía ese comportamiento. El siguiente artículo se dirigió a las mujeres musulmanas casadas con hombres que no luchaban por la yihad y animaba a estas a dejarlos y emprender el viaje al califato. En el número 11 de Dabiq, trata el tema de la participación activa violenta de las mujeres afirmando que el lugar de la mujer es como esposa y madre, de apoyo y que el mayor honor es ser viuda de un mártir. Todos los textos de Umm Sumayyah contienen referencias coránicas o a eruditos tradicionales que apoyan sus ideas (Torres Díaz, 2015).
Huey, L. (2015). No Sandwiches Here: Representations of Women in Dabiq and Inspire Magazines, The Canadian network for research on terrorism, security and society, Working Paper Series, vol. 15, nº 4, página 7. Disponible en: https://www.academia.edu/download/40411560/TSASWP15-04_Huey.pdf [Consultado el 23 de junio de 2022]

Prendergast (2017) afirma que las mujeres son otorgadas distintas funciones en la yihad dependiendo de su etnia, edad, ideología, religión y nacionalidad. Sus principales roles son esposas, madres, enfermeras, esclavas sexuales y avergonzar a los hombres y que se alisten.

Termeer y Duyvesteyn (2022) reconocen 3 narrativas centrales que marcan el mensaje del grupo yihadista a las mujeres:

  • Constructoras de la ummah,
  • Representantes del islam,
  • Guardianas del califato.

El principal tema presente en las revistas es la héjira. Se anima a las mujeres a emigrar a los territorios controlados por Daesh. Además, se afirma que la vida en Occidente mancha la dignidad y el honor de las mujeres, y, por consiguiente, del islam, pero al viajar al califato se purifican y recuperan sus derechos. Daesh considera a las mujeres como las encargadas de rectificar y transmitir los valores yihadistas a las futuras generaciones. El camino de la héjira se asocia en el discurso de Daesh al honor. Esto se debe a la noción patriarcal que asocia el honor de la familia con las mujeres. También se presenta la héjira como un llamamiento divino y una obligación religiosa (Termeer y Duyvesteyn, 2022).

Se utilizan modelos de piedad como Asiya bin Muzahim, madre adoptiva de Moisés; Zainab, hija del Profeta, Hajar, madre de Ismael, y Umm Sulaym, que rechazó a su pretendiente hasta que este se convirtió al islam, para hacer a las mujeres titulares de la religión y responsables de pasarla a sus hijos. Se asegura que las familias y comunidades musulmanas dependen de la piedad femenina. La revista Dabiq, en su número 11, recoge un pasaje del Corán en el que el Profeta dice: «cada uno de vosotros es pastor y cada uno es responsable de su rebaño […] Y la mujer es pastora en su casa y es responsable de su rebaño» (Prendergast, 2017: 62)[3].

Dabiq anima a las mujeres a que envíen a sus hijos a la lucha de la yihad, como se recoge en los números 8 y 11de la revista: «Vi hermanas en una noche inflamada por la batalla enviar a sus hijos de 15 años fuera de la casa diciendo: "¡Alá es el más grande! ¡Ve al Jannah, cuya anchura es la de los cielos y la tierra!» (Prendergast, 2017: 70)[4].

Asimismo, Dabiq defiende la poligamia. En un artículo que analiza las «sabidurías de la poligamia» en el número 12 de la revista, Daesh presenta los siguientes argumentos:

«primero, las mujeres superan en número a los hombres, ya que los hombres están naturalmente más expuestos a situaciones peligrosas; segundo, las viudas, las divorciadas y las mujeres infértiles están protegidas en el matrimonio; tercero, los hombres tienen otras para satisfacer sus necesidades sexuales cuando la esposa está menstruando, recuperándose del parto, etc. […] Que cada hermana se ponga en el lugar de la esposa de un shahīd y sacrifique algo del egoísmo que es una parte de nuestra naturaleza» (Prendergast, 2017: 67)[5].

Refiriéndose a las mujeres casadas, en un artículo publicado en el número 10 de Dabiq se obliga a las mujeres a mandar a sus maridos a la yihad y sino divorciarse de ellos:

«No está permitido en ningún caso que sigas bajo el mismo techo que alguien que quitó la soga del islam de su cuello; el contrato de matrimonio entre vosotros queda anulado en el momento en que él apostató de la religión del islam» (Prendergast, 2017: 83) [6].

Por último, en cuanto al rol activo violento de las mujeres. Daesh presenta una contradicción ya que publica imágenes de mujeres con armas y les ofrece adiestramiento militar mientras que las indica que no deben luchar sino criar a las siguientes generaciones de yihadistas (Prendergast, 2017).

A principios de 2018, Daesh publicó un vídeo de 3 mujeres con armas. En el número 13 de la revista Dabiq se lee que «porque los hombres han fallado en tomar su responsabilidad en la yihad, las mujeres llevan a cabo los ataques en su lugar» (De Leede, 2018: 4)[7]. Sin embargo, aunque parece que las mujeres toman un papel más activo en algunas organizaciones terroristas, los roles de género son claros en la actividad yihadista. En el número 11 de la revista, se recoge un pasaje del Corán en el que el Profeta dice a las mujeres que no deben luchar: «Oh Mensajero de Allah, los hombres salen a la batalla y nosotros no salimos a la batalla... Entonces Allah reveló: {Y no desees aquello por lo que Allah ha hecho algunos de ustedes superan a otros}» (Prendergast, 2017: 77)[8].

El rol de esclavas sexuales tiene varios ángulos. Por un lado, esta idea surge de la teoría de las mujeres en la guerra. La yihad sexual es el matrimonio temporal entre una mujer y un hombre que les permite tener sexo porque el hombre después de satisfacer sus frustraciones sexuales deberá centrarse más en la guerra. La primera vez que esta obligación de las mujeres fue proclamada en el entorno yihadista fue cuando el clérigo wahabí Sheikh Mohamad al-Arefe instó a las mujeres suníes a ofrecerse a los muyahidines durante su guerra contra el régimen de Assad (Prendergast, 2017).

La esclavitud sexual es un tema abiertamente discutido en las publicaciones del Daesh en panfletos, redes sociales y la revista Dabiq. Destaca el caso de las mujeres yazidíes, grupo mencionado en el número 4 de Dabiq como una «minoría pagana» que adora a Satán (Salih, 2019). El uso de violencia sexual contra estas mujeres trae la violación como técnica de guerra, la violación con fines religiosos y la ideología misógina. Daesh utiliza la violencia sexual para atemorizar a quienes no quieran convertirse a su islam (Prendergast, 2017). La explotación sexual y el tráfico de mujeres y niñas de las minorías atacadas por Daesh se convirtió en un fenómeno corriente dentro de los territorios controlados (Salih, 2019).

En un artículo del número 4 de Dabiq se encuentran instrucciones de cómo vender a las esclavas yazidíes (Salih, 2019). En la revista también se encuentra la justificación de la esclavitud como parte de la ley islámica:

«uno debe recordar que esclavizar las familias de kuffar y tomar a sus mujeres como concubinas es un aspecto establecido claramente en la sharía, si alguien fuera a burlarse o negar esto, estaría negando o burlándose de los versos del Corán y las narrativas del Profeta y, por tanto, apostatando el islam» (Salih, 2019: 43)[9].

Hassen (2016, citado por Salih, 2019) descubrió que el Daesh ha utilizado la violencia sexual contra las mujeres para controlar áreas, limpieza étnica, vengarse del gobierno iraquí junto por aliarse con los estadounidenses y atraer más combatientes. El entorno en el que se mueve el Daesh es de guerra y, por consiguiente, se puede apreciar la utilización de la violencia sexual de varias maneras: la feminización del enemigo, para financiación, para atraer y pagar a los combatientes, la defensa de las mujeres como una excusa para la guerra (Salih, 2019).  

En el número 15 de la revista Dabiq, en un artículo titulado Rompiendo la cruz, Daesh justifica la utilización de violencia contra sus enemigos. En un artículo del número 9 de Rumiyah (2017), Daesh otorga permiso para esclavizar a las mujeres cristianas (Salih, 2019).

Las mujeres en la propaganda no oficial del Daesh

Daesh utiliza las redes sociales como arma de terror mediante 3 tácticas (Cimadevilla Valdeón, 2017): 

  1. en el caso de Twitter, apropiándose de hashtags que estén en tendencia en el momento; 
  2. a través de la creación de una aplicación que controle las publicaciones de todos los miembros (Dawn of GladTidings);
  3. utilizando redes de equipos infectados controlados por una única persona.

El Grupo Soufan (2015) afirma que el alcance de las redes sociales de ISIS es particularmente efectivo para difundir el mensaje del grupo y fomentar la radicalización, sentando las bases para el reclutamiento (Udani, 2018).

Daesh utiliza las redes sociales para mostrar una imagen distorsionada de la vida en el califato. Es una herramienta de propaganda yihadista dirigida al público occidental, especialmente Instagram. El proceso de reclutamiento comienza con la proclamación de una falta de valores en Occidente y la propagación de una imagen distorsionada y utópica de la vida que les espera en las tierras del Daesh (Cimadevilla Valdeón, 2017).

Las mujeres son miembros activos en las redes sociales como creadoras y distribuidoras de propaganda del Daesh. Los mensajes relativos a la héjira son dirigidos a las mujeres. La interacción entre géneros es frecuentemente rechazada, por tanto, mujeres reclutan a otras mujeres (Huey, 2015).

El proceso de radicalización se esconde tras una historia de amor. Daesh les ofrece un marido, un hogar y un salario, además de protección ante las adversidades. A estas mujeres algunos autores las han llamado fangirls (Cimadevilla Valdeón, 2017). Las mujeres que emigran a los territorios controlados por el Daesh tienen una visión romántica del radicalismo (Nacos, 2015).

Horton y Wohl (1956) estudiaron el poder que las redes sociales tienen sobre las personas ineptas o aisladas socialmente, ya que las personas que siguen en redes sociales pueden ser un objeto de amor desarrollando un comportamiento de fan. Por eso, Melanie Smith llama a las mujeres que participan en la comunidad virtual yihadista ISIS-fangirls. De acuerdo con Gayle S. Stever (2009) las personas buscan romance, comprensión, inspiración, comunidad e identidad en las relaciones que desarrollan a través de las redes sociales (Nacos, 2015).

El reclutamiento se dirige a mujeres occidentales que viajan a Siria o Iraq y otras que colaboran con el grupo desde células desde su país. Estas últimas son especialmente útiles ya que mediante el matrimonio los muyahidines consiguen la legalización en el país occidental (Cimadevilla Valdeón, 2017).

Cimadevilla Valdeón (2017), de acuerdo con Shazia Mirza, apunta que la incorporación de estas mujeres jóvenes a la organización terrorista es una moda, ya que los yihadistas representan su idea de «hombre macho» con armas. «Para ellas (las mujeres musulmanas que viven en Occidente), los yihadistas son como Brad Pitt, solo que mejores porque Brad Pitt no es religioso» (Nacos, 2015: 1)[10].

Melanie Smith (2014, citada en Nacos, 2015) comentó que la mayoría de mujeres que emigran viajan con sus maridos o viajan para encontrar marido.

Algunos ejemplos de perfiles que comparten propaganda del Daesh y animan a las mujeres musulmanas a emprender la héjira son Umm Layth (británica), Umm Haritha (canadiense) y Umm Ubaydah (norte de Europa), que han compartido su viaje y su matrimonio con un yihadista en redes sociales como Twitter y Facebook y en sus blogs personales (Torres Díaz, 2015).

Es muy popular el blog en Tumblr llamado Diario de una emigrante, que se supone escribe una mujer de 27 años. Ofrece detalles biográficos de su proceso de llegada a Siria y su matrimonio dos meses después con un desconocido (Torres Díaz, 2015).

Las mujeres que viven en el califato y comparten su vida en las redes sociales con un fin propagandístico no hacen referencia a la visión yihadista de la mujer como esposa y esclava, sino que glorifican la religión, la valentía de los yihadistas y suicidas y la responsabilidad de las mujeres de casarse con los combatientes y tener hijos y educarlos para ser futuros yihadistas (Nacos, 2015).

Conclusiones

Las mujeres en la propaganda del Daesh son protagonistas tanto en la propaganda oficial como en la propaganda no oficial. En el caso de la propaganda oficial destaca la sección de Umm Sumayyah al-Muhajirah en la revista Dabiq. En cuanto a la propaganda no oficial, las mujeres son grandes reclutadoras a través de sus perfiles de redes sociales y blogs, en los que comparten datos biográficos y una visión distorsionada de su vida en el califato.

Es propaganda de mujeres para mujeres. Debido a las restricciones del yihadismo de interacción entre géneros, la propaganda que llega, y radicaliza, a las mujeres proviene de otras mujeres.

Los contenidos preferidos para las mujeres son los relativos a la héjira, el viaje a los territorios que fueron controlados por la organización para casarse y tener hijos que inculcan la ideología yihadista. No obstante, el rol de las mujeres no es homogéneo. Sus funciones dependen de su edad, nacionalidad, ideología y etnia.

Las revistas Dabiq y Rumiyah cumplen un papel fundamental en la radicalización de las mujeres ya que justifican los roles que a estas son dados en fragmentos del Corán, declaraciones del Profeta y personajes históricos.

A pesar de que, principalmente gracias a las nuevas tecnologías, las mujeres han tomado un papel protagonista en la propaganda del Daesh, el rol que ellas mismas defienden es pasivo. El mensaje a las mujeres yihadistas es una crítica a los valores occidentales, que las anime a emigrar y tomar el rol de esposas y madres junto a un hombre combatiente.

Aunque la propaganda del Daesh tiene en cuenta a las mujeres, e incluso les da un hueco para que ellas mismas se expresen, no parece que signifique un mayor respeto por ellas, sino que solo las utilizan para conseguir sus fines.

Fuentes

Cimadevilla Valdeón, A. (2017). La utilización de la propaganda por parte de Al-Qaeda y Daesh: la mujer como un actor emergente en la captación y desradicalización. Trabajo de fin de máster. Universidad Complutense de Madrid. Disponible en: https://eprints.ucm.es/id/eprint/70994/1/TRABAJO%20FIN%20DE%20M%C3%81STER%20COMPLETO.pdf [Consultado el 22 de junio de 2022]

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domingo, 15 de enero de 2023

ATENTADO TERRORISTA O DELITO DE ODIO


"ATENTADO" + "TERRORISTA"

Debido a que solemos ver la palabra "atentado" acompañada del calificativo terrorista podemos pensar que un atentado siempre es terrorista, pero no siempre es así. 

El Diccionario de la Real Academia Española (DRAE) define "atentado" como:
la agresión contra la vida o la integridad física o moral de alguien o también como delito que consiste en la violencia o resistencia grave contra la autoridad o sus agentes en el ejercicio de funciones públicas, sin llegar a la rebelión ni sedición.

Por otro lado, sobre el término "terrorismo", es difícil determinar qué es terrorismo ya que no existe una definición aceptada entre los expertos (Schmid 2013; Spaaij & Hamm, 2015; citados por Kearns et al., 2019).

El DRAE define el "terrorismo" como: 
la actuación criminal de bandas organizadas que, reiteradamente y por lo común de modo indiscriminado, pretende crear alarma social con fines políticos.

La Organización Internacional de Policía Criminal o Policía Internacional (INTERPOL) califica como actos terroristas: "el terrorismo organizado en zonas de conflicto, los combatientes terroristas extranjeros, los ‘lobos solitarios’ radicalizados y los atentados con materiales químicos, biológicos, radiológicos, nucleares y explosivos."

En el entorno jurídico español y europeo, la Decisión Marco 2002/475/JAI del Consejo de la Unión Europea, de 13 de junio de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo, modificada por la Decisión Marco 2008/919/JAI, de 28 de noviembre de 2008, incluye una definición del delito de terrorismo que recoge el Código Penal español en el artículo 573:
la comisión de cualquier delito grave contra los bienes jurídicos cuando se lleve a cabo con alguna de las finalidades que se especifican:

  • Subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo;
  • Alterar gravemente la paz pública;
  • Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional;
  • Provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.

¿QUÉ ES UN "DELITO DE ODIO"?

La Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) estableció lo siguiente para el "delito de odio" en 2003:

(A) Cualquier infracción penal, incluyendo infracciones contra las personas o las propiedades, donde la víctima, el local o el objetivo de la infracción se elija por su, real o percibida, conexión, simpatía, filiación, apoyo o pertenencia a un grupo como los definidos en la parte B.

(B) Un grupo debe estar basado en una característica común de sus miembros,  como su raza real o perceptiva, el origen nacional o étnico, el lenguaje, el color, la religión, el sexo, la  edad, la discapacidad intelectual o física, la orientación sexual u otro factor similar.

El Ministerio del Interior de España, con la colaboración de la Policía Nacional y la Guardia Civil, publicó un tríptico sobre cómo identificar un delito de odio y qué hacer en caso de ser víctima. 


Se puede afirmar que lo que distingue un delito de odio de un atentado terrorista, a rasgos generales, es que en el caso de los delitos de odio las víctimas son elegidas específicamente con motivos discriminatorios, mientras que las víctimas de los atentados terroristas son indiscriminadas.

CONSECUENCIAS PENALES

El delito de odio es simplemente un agravante de pena. Mientras que el terrorismo, si mata a al menos una persona, conlleva la mayor condena del Código Penal español.

Por otro lado, en cuanto a la cobertura mediática de los distintos crímenes, Persson (citado en Kearns et al., 2019; 2004) asegura que un ataque terrorista recibirá menos cobertura mediática si es enmarcado como delito de odio. 

Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo

La Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 2178, aprobada el 24 de septiembre de 2014, recoge la preocupación de la comunidad internacional por el recrudecimiento dela actividad terrorista y la intensificación del llamamiento a cometer atentados en todas las regiones del mundo.

La Resolución 1373 (2001) obligó a todos los Estados a velar por el enjuiciamiento de toda persona que participe en la financiación, planificación, preparación o comisión de actos de terrorismo o preste apoyo a esos actos. La LO 2/2015 pide a los Estados que se aseguren de que sus leyes y otros instrumentos legislativos internos tipifiquen delitos graves que sean suficientes para que se puedan enjuiciar y sancionar las conductas terroristas de tal forma que quede debidamente reflejada la gravedad del delito.

La LO 2/2015 modifica el Capítulo VII del título XXII del libro II de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, de tal forma que el rigor de la respuesta penal frente a crímenes tan graves contemple, además de las modalidades de terrorismo ya conocidas, las que proceden de las nuevas amenazas.

Artículos 571 al 580 del CP español

La reforma del Código Penal a través de la Ley Orgánica 2/ 2015 desvincula el delito de terrorismo de una organización o grupo terrorista. Esto queda claro en el artículo 573.1 del Código Penal español tras dicha reforma. La sección 2.a lleva por rúbrica «De los delitos de terrorismo» y comienza con una nueva definición de delito de terrorismo en el artículo 573 que se inspira en la Decisión Marco 2002/475/JAI del Consejo de la Unión Europea, de 13 de junio de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo, modificada por la Decisión Marco 2008/919/JAI, de 28 de noviembre de 2008.

La nueva definición establece que se considerarán delito de terrorismo la comisión de cualquier delito grave contra la vida o la integridad física, la libertad, la integridad moral, la libertad e indemnidad sexuales, el patrimonio, los recursos naturales o el medio ambiente, la salud pública, de riesgo catastrófico, incendio, contra la Corona, de atentado y tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos, previstos en el presente Código, y el apoderamiento de aeronaves, buques u otros medios de transporte colectivo o de mercancías, cuando se llevaran a cabo con cualquiera de las siguientes finalidades:

  1. Subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo;
  2. Alterar gravemente la paz pública;
  3. Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional;
  4. Provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.

A partir de la reforma, no es necesario que haya una relación con una organización terrorista, basta con que la conducta se desarrolle con alguna de las finalidades recogidas en el artículo. Los medios empleados, por ejemplo, el recurso a la violencia, van a determinar dentro de qué tipo penal encaja la conducta, pero no son el elemento que define una conducta como delito de terrorismo (Carreras Aguerri, 2020:  40). El carácter de delito de terrorismo no se lo da el uso de la violencia, sino la finalidad con la que se ejecuta la acción.

El artículo 573 bis establece la pena que corresponde a cada delito de terrorismo, partiendo de que si se causa la muerte de una persona se aplicará la pena de prisión por el tiempo máximo previsto en el Código Penal.

El artículo 574 establece la tipificación de todas aquellas conductas relacionadas con el depósito de armas y explosivos, su fabricación, tráfico, suministro o la mera colocación o empleo de los mismos, cuando se persigan las finalidades enumeradas en el apartado 1 del artículo 573. Se recoge de manera particular la agravación de la pena cuando se trate de armas, sustancias o aparatos nucleares, radiológicos, químicos o biológicos, o cualesquiera otros de similar potencia destructiva.

El artículo 575 tipifica el adoctrinamiento y el adiestramiento militar o de combate o en el manejo de toda clase de armas y explosivos, incluyendo expresamente el adoctrinamiento y adiestramiento pasivo, con especial mención al que se realiza a través de internet o de servicios de comunicación accesibles al público, que exige, para ser considerado delito, una nota de habitualidad y un elemento finalista que no es otro que estar dirigido a incorporarse a una organización terrorista, colaborar con ella o perseguir sus fines. También se tipifica en este precepto el fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros, esto es, quienes para integrarse o colaborar con una organización terrorista o para cometer un delito de terrorismo se desplacen al extranjero.

El artículo 576 establece la pena para las conductas relacionadas con la financiación del terrorismo incluyendo a quien, por cualquier medio, directa o indirectamente, recabe, adquiera, posea, utilice, convierta, transmita o realice cualquier otra actividad con bienes o valores de cualquier clase con la intención de que se utilicen, o a sabiendas de que serán utilizados, en todo o en parte, para cometer cualquiera de los delitos comprendidos en este Capítulo. La tipificación incluye las formas imprudentes de comisión del delito, como la negligente omisión de los deberes emanados de la normativa sobre blanqueo de capitales y prevención de la financiación del terrorismo.

El artículo 577 recoge la tipificación y sanción de las formas de colaboración con organizaciones, grupos o elementos terroristas, o que estén dirigidas a cometer un delito de terrorismo. Se contemplan específicamente las acciones de captación y reclutamiento al servicio de organizaciones o fines terroristas, agravando la pena cuando se dirigen a menores, a personas necesitadas de especial protección o a mujeres víctima de trata.

El artículo 579 bis incorpora, siempre que se den las circunstancias enumeradas en dicho precepto, las penas de inhabilitación absoluta y la novedosa pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en los ámbitos docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre 6 y 20 años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en su caso en la sentencia. Además, se prevé la posibilidad de atenuación de la pena a quienes hayan abandonado voluntariamente sus actividades delictivas y colaboren con las autoridades, y también en el caso de que el hecho sea objetivamente de menor gravedad, atendidos el medio empleado o el resultado producido. 

Finalmente, el artículo 580 contempla que, en todos los delitos de terrorismo, la condena de un juez o tribunal extranjero será equiparada a las sentencias de los jueces o tribunales españoles a los efectos de aplicación de la agravante de reincidencia.

Tipificación de la radicalización  

Como medida punitiva anterior a los delitos de terrorismo que atentan contra la integridad física de las personas, los sistemas democráticos desarrollaron distintos mecanismos (García et al., 2022):

El artículo 578 del Código Penal español introdujo un subtipo agravado y unas medidas cautelares que regulan el enaltecimiento del terrorismo y la humillación de sus víctimas.

Las Sentencias 235/ 2007 y 812/ 2011 del Tribunal Constitucional español denominan 'discurso de odio' a la alabanza o justificación de acciones terroristas. La Sentencia del Tribunal Supremo 224/2010 añade que el 'radical' focaliza su discurso del odio en el exterminio del distinto, en la intolerancia más absoluta, en la pérdida del pluralismo político y, en definitiva, en generar un terror colectivo que sea el medio con el que conseguir esas finalidades. Y la Sentencia del Tribunal Supremo 676/ 2009 indica que el enaltecimiento del terrorismo se regula con el fundamento de no criminalizar opiniones discrepantes sino de combatir actuaciones dirigidas a la promoción pública de quienes ocasionan un grave quebranto en el régimen de libertades y daño a la paz de la comunidad con sus actos criminales, atentando contra el sistema democrático establecido (García et al. 2022: 150).

La Resolución 2178 (2014) de Naciones Unidas pretende combatir la expansión territorial del Dáesh en Irak y Siria, la peligrosidad de los 'combatientes terroristas extranjeros' (CET). Por primera vez, el Consejo de Seguridad pide a actores no estatales que depongan las armas y que los Estados deben tipificar una serie de conductas relacionadas con los viajes con fines terroristas. Al principio, parece que evita una definición simplista del proceso de génesis de las actividades terroristas, pero esto se desvanece cuando se describe la necesidad de prevenir la radicalización fundamentalmente a través de acciones sobre individuos, acaba por concluir que los radicalizados y potenciales radicales serían sujetos residentes en países occidentales, musulmanes, inmigrantes supuestamente no integrados, que abrazan una ideología extrema (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 47).

La Directiva de la UE de 2017 dispone medidas contra la radicalización sobre la consideración de la misma como un proceso individual, tipifica el 'viaje con fines terroristas' olvidando la dimensión global del terrorismo anteponiendo la limitación de movimientos de potenciales terroristas hacia suelo europeo. Además, propone una diferenciación entre los delitos de terrorismo propiamente dichos, los delitos relacionados con un grupo terrorista y los delitos relacionados con las actividades terroristas. Entre estos últimos incluye: la provocación, la captación, el adiestramiento (que no es lo mismo que el adoctrinamiento, al que se refiere el CP español), la recepción de adiestramiento (pero no de adoctrinamiento, ni tampoco el auto adoctrinamiento, como recoge el CP español), la financiación y otros delitos relacionados, como robos, extorsiones y falsedades. Evita la penalización expresa de las conductas relativas al adoctrinamiento ideológico (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021).

De acuerdo con el informe explicativo del Protocolo adicional al Convenio del Consejo de Europa para la prevención del terrorismo, el mero hecho de visitar sitios web que contengan información o de recibir comunicaciones que puedan utilizarse para el adiestramiento para el terrorismo no es suficiente para cometer el delito de recibir adiestramiento para el terrorismo. El artículo 3.1 del Protocolo determina que por ‘recibir adiestramiento con fines de terrorismo’ se entenderá recibir instrucción, incluidos conocimientos o destrezas prácticas, de otra persona para la fabricación o uso de explosivos, armas de fuego u otras armas o sustancias nocivas o peligrosas, o para e empleo de otros métodos o técnicas específicos con objeto de cometer o contribuir a la comisión de delitos de terrorismo (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 48).

Varias reformas, a nivel nacional, han adelantado la intervención penal a la esfera de la preparación individual para poder castigar el enaltecimiento o la justificación pública de los delitos comprendidos en los delitos comprendidos en los artículos 572 a 577 (es decir, también la apología del auto adoctrinamiento, por ejemplo), o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas (artículo 578 CP) (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 50).

También se añade el entorno digital a los criterios penales elevándose la pena si la difusión del mensaje se lleva a cabo a través de internet u otras tecnologías de la información. El artículo 579 del CP castiga la difusión pública de mensajes o consignas que tengan como finalidad o que, por su contenido, sean idóneos para incitar a otros, a la comisión de alguno de los delitos de este capítulo (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 50).

Con la reforma del CP de 2015, el artículo 572.2 castiga con la pena de 2 a 5 años a quien, con la finalidad de capacitarse para cometer alguno de los delitos de terrorismo o referidos a las organizaciones y grupos terroristas, lleve a cabo, por sí mismo, alguna de las actividades de adiestramiento o adoctrinamiento pasivo descritas en el primer número del precepto (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 51).

Aguerri (2018; citado en Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 52) expone que la tipificación de las conductas de enaltecimiento, auto adoctrinamiento y difusión, representa situar a la radicalización en el objeto central de la política criminal, lo que conlleva la condena de conductas individuales cuya única conexión con el terrorismo es de índole subjetiva (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 52).

Es difícil para el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional establecer esa conexión, lo que se describe a menudo como activismo virtual se presenta en la mayoría de los casos como una suma de conductas que incluyen el acceso a la propaganda yihadista, comentarios de aprobación, enaltecimiento y/o mensajes de provocación inconcretos y, en ocasiones, la manifestación de la voluntad de integrarse en un futuro no determinado (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 53). En la mayoría de casos, los tribunales terminan por aplicar el delito de colaboración del artículo 577 del CP que prevé una pena más grave.

El Derecho español ha adelantado las barreras punitivas y ha pasado a legislar desde el Derecho penal simbólico en un intento de paliar la sensación de inseguridad social producida tras los últimos atentados terroristas (Avilés Hernández, 2020: 3).

Las sucesivas reformas legales han ido aumentando la intervención de la justicia penal. De condenar la comisión de un atentado o el hecho de estar planeándolo, como se recogía en la redacción original del Código Penal de 1995, se ha ido retrocediendo hasta llegar a condenar a alguien por acceder a información que pudiera llevarle a integrarse en un grupo terrorista, como se recoge en el artículo 575 de la ley actual (Carreras Aguerri, 2017: 147).

La lucha contra los terroristas se ha ampliado a 'la lucha contra los radicales' (Carreras Aguerri, 2017: 148). Se han tipificado delitos 'de subjetividad': los delitos de enaltecimiento del terrorismo, difusión del terrorismo y auto adoctrinamiento terrorista. El Derecho ha pasado de limitarse al plano de las conductas objetivas a extenderse hasta el plano de las subjetividades (Carreras Aguerri, 2017: 148). El Derecho Penal español utiliza la retórica punitivista y la expansión del ala penal del Estado (Wacquant, 2010) como un elemento para criminalizar a ciertos sectores de la población (Jiménez Franco, 2015, 35) (Citados en Carreras Aguerri, 2017: 162).

Ante la creencia de que las medidas ordinarias eran insuficientes o poco efectivas (Rivera, 2018: 398) comenzaron a desarrollarse subsistemas penales específicos que, orbitando en torno a la concepción del enemigo (Jakobs y Cancio Meliá, 2006) supusieron la implementación de medidas específicas como las leyes antiterroristas o la creación de tribunales especiales y cárceles de máxima seguridad (Brandariz y Faraldo, 2006: 31). 

Como señala Rivera, este conjunto normativo nació bajo la justificación -o, al menos, sobre el papel- de combatir un fenómeno delictivo muy específico y con la promesa de que únicamente se encontraría vigente durante el tiempo estrictamente necesario, lo cierto es que esta 'cultura de la excepcionalidad' no solo está plenamente vigente en la actualidad sino que, además, se ha expandido a otras esferas de la legislación penal que nada tienen que ver con el terrorismo (2018: 400), dando lugar a una difuminación constante de la barrera entre la normalidad y la excepcionalidad jurídica (Lamarca, 2017: 47; citado en Fernández Abad, 2017: 329)

De acuerdo con Mythen (2009; citado en Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 40), a pesar de la construcción del musulmán como un 'otro' peligroso no es algo particularmente novedoso, sí lo es el impulso que han adquirido estas narrativas en el contexto de una 'guerra contra el terror' donde el islam ha sido presentado como una religión problemática y los musulmanes como una amenaza a la seguridad nacional de los países occidentales. 

 

jueves, 5 de enero de 2023

ASALTO AL CAPITOLIO: 1 AÑO DESPUÉS


ANTECEDENTES

El 4 de noviembre, mientras aún se contaban las papeletas y 3 días antes de que los medios estadounidenses anunciaran a Joe Biden como ganador de las elecciones de 2020, Trump proclamó su victoria y denunció “un fraude al público estadounidense”.

A continuación, se creó un grupo de Facebook llamado #StopTheSteal ("Paren el Robo"), que se convirtió en uno de los de más rápido crecimiento en la historia de la red social. Muchos de los mensajes publicados en él se centraban en denuncias no probadas de fraude electoral masivo, incluidos relatos fabricados que afirmaban que habían aparecido votos de miles de personas muertas y las máquinas de votación habían sido trucadas para atribuirle a Biden los votos de Trump. Otros eran aún más alarmantes. Abogaban directamente por una "guerra civil" o una "revolución". Facebook terminó cerrando el grupo, pero este ya había generado casi medio millón de reacciones y comentarios. Pronto otros grupos brotaron en su lugar.

El 7 de noviembre los principales medios de comunicación estadounidenses declararon a Biden como ganador.

Los seguidores de Trump planearon una manifestación en Washington para el 14 de noviembre, a la que bautizaron como la "Marcha del Millón MAGA", por el acrónimo del lema de campaña de Trump: "Make America Great Again”.

Brian Levin, investigador del fenómeno del extremismo en Estados Unidos, lo bautizó como "el estreno de la insurgencia pro Trump".

Los grupos de extrema derecha predominaron en el evento.

[De acuerdo con el Acta De Prevención Del Terrorismo Doméstico De 2019, el Congreso de los EE.UU. considera a los supremacistas y otros extremistas de extrema derecha como las amenazas más significativas del terrorismo doméstico que enfrenta el país.]

Se identificaron a miembros del grupo extremista y antiinmigrantes Proud Boys, milicias de ultraderecha y defensores de las teorías de la conspiración.

El grupo de extrema derecha especialmente presente en los sucesos del asalto al Capitolio y en los eventos en torno a Trump, es Qanon.

¿Qué es Qanon?

La letra “Q” hace referencia a un alto nivel de seguridad del Departamento de Energía estadounidense y el término “Anon” es la abreviatura de “anonymous” (anónimo en castellano).

El origen se remonta a octubre de 2017. En el foro 4chan un usuario llamado “Patriota Q” comenzó a publicar mensajes, supuestamente “secretos”, que afectaban al Gobierno de Estados Unidos. Con el paso del tiempo, las publicaciones sobre QAnon pasaron a otro foro, 8chan, que en 2019 cambió de nombre a 8kun, hasta llegar a redes sociales como Facebook y Twitter y canales de Telegram.

Los mensajes de “Q” se conocen como “drops” (gotas) y estas contienen “breadcrumbs” (migas), una serie de pistas que los usuarios deben “hornear” para conseguir unas “pruebas”. Estas supuestas evidencias servirían para demostrar la existencia de un “Estado profundo” liderado por los demócratas y otras celebridades de una “secta satánica” que trafican con niños, los violan y los asesinan para beber su sangre y vivir durante más tiempo. Joe Biden, Hillary Clinton, Barack Obama, Bill Gates, Tom Hanks, George Soros, Oprah Winfrey, y el Papa Francisco son solo algunos de los considerados como “villanos” por los que defienden la teoría conspiranoica.

QAnon relaciona a Donald Trump como el supuesto “salvador” frente a la “secta satánica.

Además de promover bulos sobre las élites estadounidenses, los seguidores de esta teoría de la conspiración también han compartido numerosas desinformaciones relacionadas con figuras como la de John F. Kennedy Junior, hijo del presidente asesinado en 1963, y sobre la pandemia de Covid-19. 

El FBI la han catalogado como una “amenaza terrorista doméstica”, de acuerdo con un boletín de inteligencia.


Ron Watkins, hijo de Jim Watkins, el hombre detrás de 8chan y 8kun, cobró importancia para el colectivo que no aceptaba la victoria de Biden.

Además, Powell y Wood, los dos abogados más cercanos a Trump declararon para Fox News que “liberarían al Kraken”, haciendo referencia a que presentarían pruebas de fraude electoral. Pero no tuvieron éxito en los tribunales.

A medida que se acumulaban los reveses judiciales, los activistas de extrema derecha empezaron a señalar cada vez más a las autoridades y empleados del sistema electoral.

  • Un empleado de Georgia recibió amenazas de muerte, e incluso funcionarios republicanos encargados de velar por el proceso electoral en el Estado fueron etiquetados como "traidores" en foros digitales.
  • En Detroit, Michigan, a comienzos de diciembre de 2020, unos 30 manifestantes se congregaron delante de la casa de la secretaria de Estado, la demócrata Jocelyn Benson,  con pancartas, gritando con megáfonos: "Paren el robo".
  • En Georgia, un flujo constante de partidarios de Trump pasaba en coche frente a la casa del secretario de Estado de Georgia, Brad Raffensperger. Su mujer recibió amenazas de violencia sexual.
  • En Arizona, los manifestantes se reunieron frente a la casa de la secretaria de Estado, la demócrata Katie Hobbs.

El 12 de diciembre tuvo lugar en Washington una segunda concentración bajo el lema "Paren el Robo". Miles de personas acudieron, incluyendo destacados activistas de extrema derecha, seguidores de QAnon, grupos MAGA y grupos paramilitares.

El Colegio Electoral certificó el triunfo de Biden, completando así uno de los últimos trámites requeridos para que el candidato demócrata asuma la presidencia.

En los foros digitales, los seguidores de Trump se resignaban a que todas las vías legales habían llegado a un punto muerto.

El 17 de diciembre, en una serie de videos virales, Ron Watkins sugirió que Trump siguiera el ejemplo del líder de la antigua Roma Julio César, y capitalizara la "fiera lealtad del Ejército" para "restaurar la República".

Watkins abogó por que Trump invocará la Ley de Insurreción, que le da al presidente poderes para desplegar al Ejército y otras fuerzas federales.

Trump se reunió con Powell, Flynn y otros en un comité de estrategia en la Casa Blanca el 18 de diciembre.

Cientos de publicaciones en "TheDonald", un popular sitio pro Trump, discutían abiertamente la posibilidad de levantar barricadas, y llevar armas de fuego y de otro tipo a la marcha, en claro desafío a las estrictas leyes sobre tenencia de armamento de Washington.

También se habló de asaltar el Congreso y arrestar a sus miembros "traidores".

 

¿QUÉ PASO EN EL ASALTO AL CAPITOLIO?

Seguidores del presidente Donald Trump irrumpieron en el Capitolio (la sede del Congreso estadounidense en Washington DC) mientras se llevaba a cabo el proceso de certificación de los votos de las elecciones del 3 de noviembre de 2021.

El Capitolio sólo había sido asaltado una vez anteriormente, en 1814.

Luego de un mitin masivo frente a la Casa Blanca en el que también participó Donald Trump, cientos de manifestantes marcharon hacia el Capitolio para denunciar lo que consideran un fraude electoral del que no hay pruebas y que ha sido rechazado por jueces en todas las instancias. Tras enfrentarse a la policía en las afueras del edificio, algunos lograron entrar en el recinto, lo que llevó a suspender las sesiones de los legisladores y bloquear los accesos a los salones del Senado y la Cámara de Representantes.

En imágenes difundidas en internet se podía ver a los extremistas partidarios del presidente en el interior del hemiciclo del Senado.


Cronología de los sucesos del 06/01/2021

08:17

Trump alega fraude electoral en su cuenta de Twitter.

Fuente: BBC 

 10:58

Miembros del movimiento Proud Boys se dirigen al Capitolio.

12:00

Trump comienza su discurso en Washington. Afirma: “sé que todos aquí pronto marcharán hacia el edificio del Capitolio para hacer oír sus voces de manera pacífica y patriótica"; “nunca nos rendiremos”.

12:53

Una multitud se va reuniendo a las afueras del Capitolio. Comienzan a dirigirse hacia la barrera policial. La policía, superada en número, intenta contenerles. La multitud grita: “¡luchad por Trump!”.

Minutos después comienza la sesión de la Cámara de Representantes.

13:10

Trump termina su discurso: “Nosotros peleamos. Luchamos como el infierno y si no luchas como el infierno, ya no vas a tener un país.”

Poco después, la policía pide refuerzos y envía una advertencia de evacuación.

13:45

Los manifestantes pasan la barrera policial.

Minutos después, un oficial declara que hay un motín en el Capitolio.

14:13

Los servicios secretos evacúan a Mike Pence rápidamente de la cámara del Senado. La sesión de la Cámara de Representantes es detenida y los congresistas buscan refugio.

14:24

Trump tuitea sobre Mike Pence acusándolo de cobarde por no hacer lo que “debería hacerse para proteger el país y la Constitución”.

       Fuente: BBC 

Se reanuda la sesión de la Cámara de Representantes. Pero, minutos después, se vuelve a detener y se dice a los senadores que se escondan.

14:26

T. Tuberville, senador por Alabama, ha dicho que avisó a Trump de que su vicepresidente Pence había sido evacuado de la cámara del Senado.

14:41

Ashli Babbit, una mujer seguidora de la ideología Qanon, es abatida.

Los manifestantes llegan al interior de la Galería del Senado.

15:13

Trump tuitea pidiendo a la gente que “se mantengan pacíficos”.

16:17

Trump publica un video indicando a los manifestantes que se vayan a sus casas.

Trump compartió un video en la misma red social en la que pidió a los manifestantes que se marcharan a casa, no sin antes insistir en su idea de que las elecciones fueron "un robo".

"Conozco su dolor. Sé que sufren", se le oye decir. "Pero se tienen que ir a casa ahora".

"Debemos tener paz. Debemos tener ley y orden. Esto fue una elección fraudulenta, pero no podemos hacerles el juego. Tenemos que tener paz".

18:00

La alcaldesa de Washington DC anunció un toque de queda que entró en vigor a las 18:00 hora local (23:00 GMT).

Después de que la policía confirme la muerte de Ashli Babbitt, Trump tuitea refiriéndose a los que asaltaron el Capitolio como “grandes patriotas" y abundaba una vez en su falsa teoría de que les elecciones le fueron robadas, lo que le valió que Twitter le bloqueara la cuenta por 12 horas.

   Fuente: BBC 

Twitter, Youtube y Facebook retiraron el video por incitación a la violencia y por avivar la teoría de fraude electoral.

"Nunca concederemos, nunca aceptaremos la derrota", subrayó desafiante ante una multitud que gritaba "¡luchemos por Trump!".

Desde filas demócratas y republicanas se exigió igualmente el fin de la violencia y hubo voces que reclamaron la puesta en marcha de un proceso de impeachment para sacar a Trump del poder.

En julio de 2022, el comité que investigaba el ataque reprochó al expresidente de Estados Unidos Donald Trump para no frenar el asalto al Capitolio del 6 de enero de 2021.

El foco estuvo puesto en los 187 minutos que pasaron desde que Trump arengó a la multitud a hacerse oír en el Capitolio hasta que a las 16:17 de esa tarde colgó un vídeo en Twitter donde les dijo por primera vez que debían abandonar la sede del Congreso.


LA ACTIVIDAD ONLINE AVISÓ DE LO QUE VENÍA

Más allá de identificar y arrestar a los participantes en el asalto, el Departamento de Justicia, el Buró Federal de Investigaciones (FBI) y otras agencias investigan si hubo una planificación previa del ataque y quiénes fueron los organizadores.

A esto se le suma la acusación de un grupo de congresistas demócratas que sospechan que los asaltantes pudieron haber contado con el apoyo de algunos de sus colegas de la bancada republicana.

La demócrata por Nueva Jersey Mikie Sherrill, que difundió un video en el que contó que el día 5, víspera de la violenta jornada, vio varias personas dentro del Capitolio en visitas guiadas que describió como "giras de reconocimiento" para el día siguiente.

Los congresistas recuerdan que debido a la pandemia las visitas del público al Capitolio han sido canceladas y por tanto solo miembros del Congreso (legisladores u otros miembros del personal) podrían haber facilitado el acceso a ese grupo de personas.

Sherrill y una treintena de congresistas demócratas firmaron una carta dirigida a los responsables de seguridad del Capitolio en la que exigen que se investigue ese detalle.

"Miembros del grupo que atacó el Capitolio parecen haber tenido un conocimiento inusualmente detallado del plano del complejo del Capitolio. La presencia de estos grupos en el Capitolio el día anterior es sin duda sospechosa", apuntan los congresistas demócratas en la carta.

Otros observadores se han sorprendido también por la aparente facilidad con la que algunos de los asaltantes se movían dentro del Capitolio para lo laberíntico que es.

El fiscal interino de EE.UU. para el Distrito de Columbia, Michael Sherwin, reveló que la investigación apunta a que el objetivo de la turba era "secuestrar y asesinar a legisladores".

El hecho de que muchos de los violentos seguidores de Trump llevaran esposas y amarres de plástico para inmovilizar a alguien apunta en esa dirección.

Para organizaciones que monitorean las actividades de grupos radicales y de extrema derecha en internet, la violencia del pasado 6 de enero no fue una sorpresa y las autoridades debían haber estado mejor preparadas.

SITE International Group, una firma especializada en suministrar información a gobiernos e instituciones mundiales sobre amenazas terroristas o de grupos extremistas, publicó un exhaustivo artículo sobre los indicios que existían de una posible revuelta.

"Muchos todavía no entienden lo abiertamente que se planificó la revuelta del Capitolio. Llegó después de un mes de estrategias e incitaciones rampantes a 'atacar y ocupar' el Congreso y secuestrar/arrestar a legisladores", escribió en Twitter Rita Katz, directora de SITE.

Grupos como la Coalición para una Internet más Segura, Advance Democracy o Alethea también alertaron, antes del día 6, sobre las conversaciones que tenían lugar online de cara a la marcha en Washington DC.

El intercambio de mensajes se producía en plataformas frecuentadas por seguidores de Trump como TheDonald.win o Parler, pero también en redes de uso más extendido como Facebook o Twitter, donde etiquetas como #StormTheCapitol ("Ataquemos el Capitolio") o #StopTheSteal ("Detengan el robo") animaban a la movilización.

Hay quien dice que la planificación previa le quita responsabilidad a Trump por lo que dijo en el discurso del día 6, a lo que otras personas responden que fue el propio presidente el que alentó esos preparativos al invitar a sus seguidores a acudir al mitin con estas palabras: "¡Estén allí! ¡Será salvaje!".


CONSECUENCIAS

El 8 de enero, Twitter comenzó a bloquear las cuentas de algunos de los seguidores más influyentes de Trump, que habían estado difundiendo teorías conspiratorias y animando a las acciones directas para revertir la victoria de Joe Biden en las elecciones.

El presidente fue expulsado permanentemente de Twitter debido al "riesgo de más incitación a la violencia" y se quedó sin poder lanzar sus mensajes a los que tenía acostumbrados a los más de 88 millones de seguidores de su cuenta.

Más de 700 manifestantes han sido acusados con cargos que van desde planear un ataque para impedir la confirmación oficial de la victoria electoral del presidente Joe Biden el 6 de enero de 2021 hasta agredir a la policía. Hasta ahora, 165 se han declarado culpables —4 de ellos se arriesgan a una condena de 20 o más años de cárcel— y 71 han sido condenados con penas que alcanzan los 5 años de prisión, según datos del Departamento de Justicia.

En paralelo al trabajo del Departamento de Justicia, una comisión de la Cámara de Representantes lleva 6 meses investigando lo que ocurrió en esa aciaga jornada, con especial interés en el papel de Donald Trump y su entorno durante la jornada del asalto.

El Departamento de Justicia es el encargado de presentar los cargos penales relacionados con el asalto, pero la comisión de investigación del Congreso —formada por 7 demócratas y 2 republicanos—, puede recabar pruebas de un posible delito y recomendar a la Justicia que actúe. También puede perseguir casos de perjurio, intimidación a testigos o desacato al Congreso de personas que desafían sus citaciones.

La cantidad de vídeos de vigilancia, de las cámaras de agentes de seguridad, y de los propios asaltantes en las redes sociales, derrumban las defensas de los simpatizantes de Donald Trump que pusieron en jaque al Capitolio ese día. En las violentas imágenes se puede ver que entre los más de 800 sublevados había algunos armados con hachas, bates de béisbol, palos de hockey y otras armas. El ataque dejó 5 muertos y 140 agentes heridos.

Robert Palmer, de 54 años, acusado de atacar a la policía que trabajaba para contener a la turba, en diciembre se le impuso una condena de 5 años y 4 meses de cárcel, la pena máxima de momento a un procesado por el asalto.

Jacob Chansley, apodado como “el chamán de QAnon [un movimiento de teorías conspirativas]”, ataviado con una cornamenta y una piel de oso y el pecho al descubierto. Le han caído 3 años y 5 meses de cárcel tras declararse culpable.

En diciembre de 2022, el comité del Congreso que investigaba el 6 de enero cierra 18 meses de trabajos con una votación unánime que, por primera vez en la historia, recomienda al Departamento de Justicia hacer responsable penalmente a un expresidente. Lo consideran culpable de cuatro delitos, con los cargos de incitación a una insurrección, de conspiración para emitir un falso testimonio y para defraudar a Estados Unidos y de obstrucción de un procedimiento oficial del Congreso, es decir, de la votación para certificar el triunfo del presidente Joe Biden, que se tenía que celebrar pacíficamente aquel día y que interrumpió una turba violenta al término de un mitin de Trump en Washington.

El 22 Diciembre 2022 publicaron el informe de 845 páginas sobre el asalto al Capitolio de Estados Unidos. El panel del Congreso realizó más de 1.000 entrevistas y 10 audiencias públicas antes de recomendar cargos penales contra el expresidente Donald Trump.

Ha recomendado que el Congreso apruebe un mecanismo que impida al exmandatario volver a presentarse a unas elecciones. Ha pedido a las comisiones “con jurisdicción” que consideren la creación de un “mecanismo formal” que pueda impedir ocupar un cargo federal o estatal a quienes vulneren la décimo cuarta enmienda de la Constitución. Dicha enmienda señala que cualquier persona que haya jurado cumplir la Constitución y se haya visto envuelto en una “insurrección” o haya “ayudado a los enemigos de la Constitución” puede ser “descalificado para ocupar en un futuro cargo público.

17 conclusiones clave del informe, recogidas por eldiario.es:

  1. Desde la noche de las elecciones hasta el 6 de enero y más allá, el presidente Donald Trump difundió deliberadamente falsas acusaciones de fraude relacionadas con las elecciones presidenciales de 2020 para intentar anular las elecciones y con el propósito de solicitar donaciones de dinero. Estas afirmaciones falsas incitaron a sus partidarios a la violencia el 6 de enero.
  2. A sabiendas de que él y sus partidarios habían perdido docenas de casos en los tribunales sobre sus denuncias electorales, y a pesar de que sus propios asesores refutaron sus afirmaciones de fraude electoral y le instaron a reconocer su derrota electoral, Trump se negó a aceptar el resultado legal de las elecciones de 2020. En lugar de cumplir con su obligación constitucional de “velar por la fiel ejecución de las leyes”, Trump conspiró para anular el resultado de las elecciones.
  3. A pesar de saber que tal acción sería ilegal, y que ningún Estado tenía o presentaría un resultado alternativo, Trump presionó de manera corrupta al vicepresidente Mike Pence para que se negara a contar los votos electorales durante la sesión conjunta del Congreso el 6 de enero.
  4. Trump trató de corromper al Departamento de Justicia de Estados Unidos al intentar reclutar a funcionarios del departamento para que hicieran declaraciones deliberadamente falsas y así ayudar en su intento por anular las elecciones presidenciales. Después de que ese intento fracasara, Trump ofreció el puesto de fiscal general en funciones a Jeff Clark a sabiendas de que Clark tenía la intención de difundir información falsa destinada a anular las elecciones.
  5. Sin ninguna base probatoria y en contra de las leyes estatales y federales, Trump presionó ilegalmente a funcionarios y legisladores estatales para que cambiaran los resultados de las elecciones en sus Estados.
  6. Trump supervisó un intento para obtener y transmitir certificados electorales falsos al Congreso y a los Archivos Nacionales.
  7. Trump presionó a miembros del Congreso para que se opusieran a las listas válidas de electores (los que formalizan el resultado) de varios Estados.
  8. Trump corroboró a sabiendas información falsa presentada ante tribunales federales.
  9. Basándose en alegaciones falsas de que las elecciones habían sido robadas, Trump convocó a decenas de miles de partidarios en Washington para el 6 de enero. Aunque estos partidarios estaban enfadados y algunos iban armados, Donald Trump les ordenó marchar al Capitolio el 6 de enero para “recuperar” su país.
  10. Sabiendo que se estaba produciendo un ataque violento contra el Capitolio y sabiendo que sus palabras incitarían a más violencia, Trump envió un mensaje en las redes sociales condenando públicamente al vicepresidente Pence a las 14:24 horas del 6 de enero.
  11. A sabiendas de que se estaban produciendo actos de violencia en el Capitolio, y a pesar de su deber de velar por el fiel cumplimiento de las leyes, Trump se negó durante varias horas a responder a las reiteradas peticiones de que ordenara a sus violentos partidarios que se dispersaran y abandonaran el Capitolio, y en su lugar observó por televisión cómo se desarrollaba el violento ataque. Esta inacción intensificó la violencia en el Capitolio y obstruyó el procedimiento del Congreso para contar los votos electorales.
  12. Cada una de estas acciones de Trump fue tomada en apoyo de una conspiración de varias partes para anular los resultados legales de las elecciones presidenciales de 2020.
  13. La comunidad de inteligencia y los organismos encargados de hacer cumplir la ley sí detectaron la planificación de posibles actos de violencia el 6 de enero, incluida la planificación específicamente por parte de los grupos milicianos Proud Boys y Oath Keepers que finalmente dirigieron el ataque contra el Capitolio. A medida que se acercaba el 6 de enero, los servicios de inteligencia identificaron específicamente el potencial de violencia en el Capitolio de Estados Unidos. Esta inteligencia fue compartida dentro del poder ejecutivo, incluso con el Servicio Secreto y el Consejo de Seguridad Nacional del presidente.
  14. La inteligencia recopilada antes del 6 de enero no apoyó la conclusión de que Antifa u otros grupos de izquierda probablemente participarían en una contramanifestación violenta o atacarían a los partidarios de Trump el 6 de enero. De hecho, la inteligencia del 5 de enero indicaba que algunos grupos de izquierda estaban dando instrucciones a sus miembros para que “se quedaran en casa” y no asistieran a las concentraciones del 6 de enero. En última instancia, ninguno de estos grupos de izquierda estuvo involucrado de ninguna manera sustancial en el ataque al Capitolio el 6 de enero.
  15. Ni la comunidad de inteligencia ni las fuerzas del orden obtuvieron información de inteligencia antes del 6 de enero sobre el alcance total de la planificación en curso por parte del presidente Trump, John Eastman, Rudolph Giuliani y otros aliados para anular los resultados electorales certificados. Dichas agencias aparentemente no anticiparon (y potencialmente no podían anticipar) la provocación que Trump ofrecería a la multitud en su discurso en el parque de la Elipse, que Trump instruiría “espontáneamente” a la multitud para marchar hacia el Capitolio, que Trump exacerbaría los disturbios violentos con su tuit de las 14:24 condenando a Pence, o la escala completa de la violencia y la anarquía que sobrevendrían. Las fuerzas del orden tampoco anticiparon que Trump se negaría a ordenar a sus partidarios que abandonaran el Capitolio una vez iniciada la violencia. Ningún análisis previo de la comunidad de inteligencia predijo exactamente cómo se comportaría Trump; ningún análisis de ese tipo reconoció toda la escala y el alcance de la amenaza al Capitolio el 6 de enero.
  16. Cientos de agentes de policía del Capitolio y de la zona metropolitana de Washington DC desempeñaron sus funciones con valentía el 6 de enero, y Estados Unidos les debe una inmensa gratitud por su valor en la defensa del Congreso y de la Constitución. Sin su valentía, el 6 de enero habría sido mucho peor.
    Aunque algunos miembros de la dirección de la Policía del Capitolio consideraron que su enfoque de enero era el de “todos las manos a la obra”, la dirección de la Policía del Capitolio no disponía de medios suficientes para hacer frente a la multitud violenta y al margen de la ley. La dirección de la Policía del Capitolio no previó la magnitud de la violencia que se desencadenaría después de que Trump diera instrucciones a decenas de miles de sus partidarios en la multitud de la Elipse para que marcharan hacia el Capitolio, y después de que tuiteara contra Pence a las 14:24 horas. Aunque el jefe Steven Sund planteó la idea del apoyo de la Guardia Nacional, la dirección de la Policía del Capitolio no solicitó la asistencia de la Guardia antes del 6 de enero.
    La Policía Metropolitana adoptó un enfoque aún más proactivo el 6 de enero y desplegó a unos 800 agentes, que incluso respondieron a las llamadas de auxilio en el Capitolio. Aun así, los alborotadores consiguieron romper la línea en algunos lugares, cuando la multitud avanzó inmediatamente después del tuit de Trump de las 14:24 horas. El Departamento de Justicia preparó un grupo de agentes federales en Quantico y en el Distrito de Columbia, anticipando que el 6 de enero podría volverse violento, y luego desplegó a esos agentes una vez que quedó claro que la policía en el Capitolio estaba desbordada. También se desplegaron agentes del Departamento de Seguridad Nacional para ayudar.
  17. Trump tenía autoridad y responsabilidad para dirigir el despliegue de la Guardia Nacional en el Distrito de Columbia, pero nunca dio ninguna orden de desplegar la Guardia Nacional el 6 de enero ni ningún otro día. Tampoco dio instrucciones a ninguna agencia federal encargada de hacer cumplir la ley para que prestara asistencia. Dado que la autoridad para desplegar la Guardia Nacional había sido delegada en el Departamento de Defensa, el Secretario de Defensa podía desplegar la Guardia, y así lo hizo en última instancia. Aunque las pruebas identifican una probable falta de comunicación entre los miembros de la dirección civil del Departamento de Defensa que afectó al momento del despliegue, la comisión no ha encontrado pruebas de que el Departamento de Defensa retrasara intencionadamente el despliegue de la Guardia Nacional.

FUENTES

https://elpais.com/internacional/2022-01-05/un-ano-despues-del-asalto-al-capitolio-700-acusados-y-mas-de-70-condenas-de-carcel.html

https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-55564219

https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-55671725

https://www.eldiario.es/internacional/theguardian/17-conclusiones-informe-final-comision-investiga-asalto-capitolio-eeuu_1_9818737.html

https://www.independentespanol.com/noticias/mundo/europa/puntos-clave-de-la-pesquisa-sobre-el-asalto-al-capitolio-b2253747.html?amp

https://www.newtral.es/que-es-qanon/20230104/?amp

https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-59882704

https://cadenaser.com/nacional/2022/07/22/trump-siguio-el-asalto-al-capitolio-por-television-sin-hacer-nada-por-pararlo-cadena-ser/

https://elpais.com/internacional/2022-12-19/la-comision-del-asalto-al-capitolio-pide-procesar-a-trump-por-incitar-a-la-insurreccion.html

https://amp.elnuevoherald.com/noticias/estados-unidos/article270699402.html

https://es.euronews.com/tag/asalto-al-capitolio

https://www.bbc.co.uk/news/world-us-canada-56004916

https://www.fbi.gov/wanted/capitol-violence

https://edition.cnn.com/specials/politics/january-6-insurrection

https://theconversation.com/es/topics/january-6-us-capitol-attack-128973

https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-55613105

https://edition.cnn.com/2021/11/05/politics/january-6-timeline-trump-coup/index.html