martes, 18 de abril de 2023

¿QUÉ SUCEDE EN SUDÁN?


SUDÁN

Capital: Jartum

Superficie: 1 886 068 km2 (más o menos 4 veces España) (3er país más grande de África)

Población: (2021) 45, 66 millones

Bandera:


Idiomas oficiales: árabe e inglés y cooficiales: lenguas indígenas

Forma de gobierno: gobierno provisional federal bajo una dictadura militar. Es decir, el presidente es jefe de Estado, jefe de Gobierno y comandante en jefe de las Fuerzas Armadas al mismo tiempo. 

BREVE HISTORIA DE SUDÁN 

En 1956 se convirtió en un país independiente, tras una guerra civil entre el norte, con población árabe mayoritariamente, y el sur, de mayoría cristiana. 

La historia de Sudán está marcada por los golpes de Estado. 

El 1º tuvo lugar en 1958, por el que el coronel Yaafar al-Numeiry se hizo con el poder estatal en 1969. Sin embargo, su acercamiento al islam y la imposición de la ley islámica desató la segunda guerra civil sudanesa en 1983. 

En 1989, termina la guerra civil proclamándose presidente Omar al-Bashir e instaurando un Estado totalitario dirigido por el fundamentalismo islámico. 

A finales de 1990, Estados Unidos incorporó a Sudán en la lista de Estados terroristas con nexos con Bin Laden y Al-Qaeda.

En 2003 estalla el conocido como conflicto de Darfur, que durará hasta 2007. Al terminar el conflicto, la Corte Penal Internacional de La Haya emitió dos órdenes de detención contra Al-Bashir bajo la acusación de genocidio y limpieza étnica.

La lucha estalló por causa racial y étnica, principalmente entre los yanyauid, un grupo de milicianos formados por miembros de las tribus Baggara de los Abbala (criadores de camellos de etnia árabe) y los grupos etnolingüísticos nilo-saharianos de no Baggaras y principalmente agricultores.

El 5 de mayo de 2006, el gobierno de Sudán firmó en Abuya, Nigeria, un acuerdo de paz. A pesar del acuerdo, continúan los combates en Darfur.

En 2011, Sudán del Sur se independiza. 

En 2019, tuvo lugar otro golpe militar por el que el Consejo Soberano de Sudán fue instaurado hasta que los ciudadanos fueran convocados a elecciones. No obstante, a causa de otro golpe de Estado en 2021, el gobierno fue disuelto el 25 de octubre. 

En 2021, el líder militar Abdelfatah al-Burhan y el general Mohamed Hamdan Daglo (conocido como 'Hemedti'), líder de las Fuerzas de Apoyo Rápido (FAR) depusieron al gobierno civil de transición mediante un golpe de Estado el 25 de octubre de 2021.

ABRIL DE 2023

A pesar de que el ex presidente del Consejo Militar de Transición de Sudán Abdelfatah al-Burhan y el líder de las FAR colaboraron para deponer el Gobierno de Abdalá Hamdok, las tensiones entre ambos aumentaron cuando fueron incapaces de acordar un proceso de reforma para integrar las fuerzas paramilitares en el ejército. Y, cuando las Fuerzas de Apoyo Rápido aumentaron su presencia en Jartum y en una base aérea en el norte del país, sin la aprobación del ejército, la violencia se desató.

No está claro quién hizo el primer disparo el sábado por la mañana.

Los combates abiertos se desencadenaron el sábado 15 de abril, cuando, según el Ejército, las FAR atacaron la residencia de Al Burhan y la comandancia general del Ejército, donde se tenía que llevar a cabo una reunión para aliviar la tensión.

A continuación, el Consejo Soberano declaró a las FAR como fuerza rebelde y se puso como objetivo su disolución.

En el momento de escritura de este artículo, al menos 61 civiles han muerto y al parecer decenas de combatientes han fallecido, según el Sindicato de Médicos de Sudán. Además, el grupo reportó 670 heridos entre civiles y combatientes.



Aviones de combate del Ejército sudanés comenzaron a bombardear a primera hora del domingo las posiciones de las paramilitares Fuerzas de Apoyo Rápido (RSF) en el segundo día de combates en la capital del país, Jartum.

Las ciudades más próximas a Jartum, como su ciudad-hermana Omdurman y Bahri (también conocida como Jartum Norte), están siendo escenario de bombardeos y cruces de artillería ligera y pesada, como también ocurre en ciudades de Kasala y Gadarif, en la frontera con Eritrea, y en Puerto Sudán, en el noreste.

Ambos bandos también han confirmado hostilidades en la ciudad de Damazin, en el sur del país, donde los militares habrían destruido 35 vehículos de las RSF, mientras que el gobernador de Darfur del Norte, una enorme región que abarca una amplia porción de la doble frontera con Chad y Libia, también ha avisado de enfrentamientos.

También se ha sabido de la muerte de tres miembros del personal local de Naciones Unidas en la ciudad de El Fasher, en Darfur Oeste, víctimas de los combates entre Ejército y paramilitares en una base militar de la zona, según detalla un informe interno de la ONU recogido por la agencia Bloomberg.

FUERZAS DE APOYO RÁPIDO (FAR) vs EJÉRCITO SUDANÉS

Las Fuerzas de Apoyo Rápido (FAR) son una fuerza paramilitar creada por el expresidente islamista Omar al Bashir. Dependen de la Inteligencia sudanesa. Han sido acusadas de cometer matanzas y violaciones en el conflicto de Darfur.

Nacieron de las milicias janjaweed, utilizadas por el gobierno de Al Bashir para reprimir la rebelión de Darfur en 2003-2008.

En 2013, Hemedti se convierte en su líder, quien, tras el golpe de Estado de 2021, es vicepresidente del Consejo Soberano y el nº2 del Ejército sudanés. 

En 2017, Al Bashir legalizó la milicia como una fuerza paramilitar, pese al recelo del Ejército, y las FAR han participado incluso en el contingente sudanés enviado para apoyar a Arabia Saudí en la guerra de Yemen.

Hoy, las FAR, según algunos análisis podría tener 100.000 miembros.

El ejército Sudanés dirigido por el presidente del Consejo Soberano, Abdelfatah al Burhan.

Según estimaciones de la web Global Firepower, puede movilizar a unos 205.000 soldados.

Los factores que han propiciado las tensiones entre las dos facciones han sido, especialmente: 

  1. Los militares se oponían a colaborar con la Corte Penal Internacional para juzgar a Al Bashir por los crímenes de guerra cometidos en el conflicto de la región de Darfur en 2003-2008. 
  2. Los civiles exigían responsabilidades por las muertes de manifestantes pro-democracia.

"Los dos ejércitos, el regular y las FAR, tienen muchos recursos y privilegios, y la integración de los paramilitares suscitaba el miedo de perder esos privilegios", explicaba Jorge Naranjo, misionero comboniano español afincado en Jartum, al Canal 24 Horas de TVE. 

El ejército y las Fuerzas de Apoyo Rápido controlan o tienen participaciones en cientos de empresas activas en sectores tan diversos como el oro, las armas, la construcción, la banca, las telecomunicaciones, las importaciones, el turismo y los electrodomésticos.

Las Fuerzas Armadas usan, sobre todo, una red compleja y opaca de brazos de inversión vinculados a organizaciones nominalmente benéficas a través de las que controlan, por ejemplo, el mayor banco de Sudán. Sin embargo, el paramilitar Dagalo confía más bien en su entorno cercano, particularmente en sus hermanos, para gestionar su imperio económico.

POSICIÓN DE LAS POTENCIAS INTERNACIONALES

Varios países y organizaciones internacionales, incluyendo EE.UU. China, Rusia, Egipto, Arabia Saudí, la ONU, la UE y la Unión Africana, han pedido el cese inmediato de las hostilidades.

Los países de la Liga Árabe, preocupados por que una escalada en Sudán pueda desestabilizar la región, celebraron una reunión urgente a petición de Egipto y Arabia Saudí. Los vecinos Egipto y Sudán del Sur se han ofrecido a mediar.

Sudán interesa ya que comparte frontera con 6 países y rodea el río Nilo.

Al norte, Egipto. Al sureste, con la región Tigray de Etiopía que ha protagonizado un conflicto importante en los últimos años. Este conflicto, involucró a un vecino de Sudán: Eritrea. 

La región Darfur, que hace frontera con Chad, provoca que la geopolítica de estos países esté interrelacionada. Una situación similar se da con Libia al noroeste.  

Al sur, hace frontera con Sudán del Sur que se independizó del país en 2011 llevándose consigo la mayor parte de los yacimientos petrolíferos de la región. Esto provoca que el oro y la agricultura sean las principales fuentes de riqueza del país, por las que los militares están ahora enfrentándose. 

Los militares han invitado a los países del Golfo a invertir en la agricultura del país. Mientras que el grupo ruso Wagner está acusado de contrabando de oro fuera de Sudán. Moscú está interesado en la salida al Mar Rojo que tiene el puerto de Sudán.

FUENTES

https://www.france24.com/es/programas/historia/20211030-historia-sudan-golpe-estado-guerra

https://www.abc.es/internacional/paramilitares-sudan-anuncian-toma-palacio-presidencial-aeropuerto-20230415140313-nt.html#vtm_modulosEngag=lomas:internacional:noticia:1

https://www.rtve.es/noticias/20230417/sudan-enfrentamientos-conflicto-ejercito-far-claves/2439022.shtml

https://elpais.com/internacional/2023-04-17/que-esta-pasando-en-sudan-el-conflicto-en-10-claves.html

https://www.publico.es/internacional/sucede-sudan-claves-entender-conflicto-ejercito-paramilitares.html

https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-65292705

https://www.bbc.com/news/world-africa-65338247 

https://www.lasexta.com/noticias/internacional/drama-persiste-sudan-cientos-muertos-mas-1200-heridos-inicio-conflicto-armado_202304206440e63b7adfa80001c2d7cb.html 


 

 

 

 


miércoles, 22 de marzo de 2023

MOCIÓN DE CENSURA


21 y 22 de marzo de 2023 ha tenido lugar un debate de moción de censura. Vox presentó una moción contra el Gobierno de Pedro Sánchez con Ramón Tamames como candidato. 

El Congreso la ha rechazado con 201 votos en contra, 53 a favor y 91 abstenciones.



¿Qué pasa cuando hay una moción de censura?

Una moción de censura es un procedimiento que puede provocar la caída de un Gobierno. Es un instrumento a disposición de la oposición en el Parlamento para poner de manifiesto la ruptura de la relación de confianza existente entre el Gobierno y el Congreso.

La moción de censura queda regulada en el Reglamento del Congreso: Título VIII. Capítulo 3 (artículos del 175 al 179) y en la Constitución Española (artículos 113 y 114).

La ley establece que la moción de censura debe ser propuesta y registrada como mínimo por la décima parte de los diputados, es decir, 35 de los 350 escaños del Congreso. Se debe presentar un candidato a la Presidencia de Gobierno, junto a un escrito motivado dirigido a la Mesa del Congreso y un programa detallado.

La Mesa del Congreso deberá admitir la moción e informar al presidente del Gobierno y a los portavoces de todos los grupos parlamentarios. A partir de ese momento, otros grupos podrán presentar mociones alternativas en un plazo de 2 días y, transcurridos 5 días desde la presentación, se llevará a cabo la votación. Para que la moción tenga éxito deberá con mayoría absoluta a favor, es decir, con al menos 176 escaños.

Si se aprueba la moción de censura, según se contempla en el artículo 114.2 de la Constitución, el Gobierno deberá presentar su dimisión al Rey y el candidato de la moción quedará investido a los efectos previstos en el artículo 99 de la Constitución. Luego, el Rey le nombrará presidente del Gobierno.

Si la moción no sale adelante, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones. 

El debate de moción de censura en el Congreso

Antes de la votación de la moción, tiene lugar en el Congreso “el debate de la moción”, que esta vez ha durado dos días. Este se abre con la defensa de esta por parte de uno de los firmantes con tiempo ilimitado. Tras la primera intervención, puede subir a la tribuna de oradores el candidato propuesto para explicar, también sin límite de tiempo, el programa político del gobierno que encabezaría en caso de salir victorioso.

Si no hay otras mociones alternativas, cada grupo parlamentario tiene derecho a intervenir con un tiempo limitado de 30 minutos y a un turno posterior de 10 minutos para réplica o rectificación.

¿Cuántas mociones de censura se han presentado en España?



Fuente: OndaCero

  1. Grupo parlamentario socialista contra el Gobierno de Adolfo Suárez (28 al 30 de mayo de 1980). Fue defendida por Alfonso Guerra y rechazada por Rafael Arias-Salgado. El candidato propuesto, Felipe González, explicó el programa de gobierno. El debate duró 20 horas. Los votos favorables a la moción fueron 152 (socialistas, comunistas, andalucistas y 3 del grupo mixto). Faltaron 24 votos para conseguir la mayoría.
  2. El grupo popular contra el Gobierno de Felipe González (23 de marzo de 1987).
    Defendió la moción Juan Ramón Calero y la rechazó Alfonso Guerra. La votación tuvo lugar el 30 de marzo. De los 332 votos emitidos, sólo 67 fueron a favor (AP y Unión Valenciana), 195 en contra y 70 abstenciones. No prosperó.
  3. Podemos contra el Gobierno de Mariano Rajoy (14 de junio de 2017).
    Presentada por  Pablo Iglesias, quien defendió la iniciativa. La votación se saldó con 170 votos en contra de la moción, 82 a favor y 97 abstenciones. No salió adelante.
  4. Pedro Sánchez contra Mariano Rajoy (1 de junio de 2018).
    Primer triunfo de una moción de censura. Votación que se saldó con 165 votos en contra, una abstención, y 180 a favor (PSOE, Unidas Podemos, ERC, PNV, PDeCAT, Compromís, Bildu y Nueva Canaria).
  5. Presentada por VOX con Santiago Abascal como candidato para derrocar al Gobierno de Pedro Sánchez (22 de octubre de 2020).
    La votación obtuvo 52 votos a favor (VOX) y 298 en contra. No prosperó. 
  6. Presentada por VOX con Tamames como candidato (2023).

¿Quién es Tamames?


Fuente: Wikipedia

Ramón Tamames es un economista, historiador y político español. Fue diputado durante varias legislaturas en el Congreso de los Diputados, posición que ocupó simultáneamente con la de concejal en el Ayuntamiento de Madrid.

Actualmente tiene 89 años.

Su ideología política es curiosa. Comenzó como líder en el Partido Comunista de España (PCE) y, tras pasar por IU como cofudador, acabó en el Centro Democrático y Social (CDS) para llegar ahora al acuerdo con Vox para presentarse como candidato independiente.

El líder de Vox, Santiago Abascal, contactó con él a propuesta del escritor Fernando Sánchez Dragó. Sánchez Dragó y Tamames han sido amigos desde que en 1956 el autor se afilió al Partido Comunista de España (PCE) y ambos estuvieron en la cárcel por la rebelión estudiantil contra Franco y a favor de la democracia. 

Fuentes

https://www.elmundo.es/como/2023/02/24/63f87e2421efa0041d8b459c.html

https://www.lasexta.com/noticias/nacional/video-mocion-censura-vox-pedro-sanchez-directo-congreso-diputados_20230321641963e296c07c00018e28ba.html

https://www.ondacero.es/noticias/espana/cuantas-mociones-censura-habido-espana-asi-fue-resultado_202303206418761435808d0001d991f3.html

https://www.elconfidencial.com/amp/espana/2023-03-21/quien-es-ramon-tamames-mocion-censura-vox-candidato_3596203/

https://www.elmundo.es/como/2023/02/24/63f87e2421efa0041d8b459c.html

https://www.boe.es/buscar/pdf/1978/BOE-A-1978-31229-consolidado.pdf

martes, 21 de febrero de 2023

RACISMO EN EL CASTELLANO: CÓMO LAS PALABRAS DISCRIMINAN

 


Las palabras pueden ser como pequeñas dosis de arsénico: se ingieren sin que se noten, parecen no tener efecto y, después de un tiempo, se produce la reacción tóxica. - Victor Klemperer (1947)

LENGUAJE COMO REFLEJO DE UNA CULTURA

El lenguaje es más que simplemente comunicar una información, tiene la capacidad de moldear y formar la conciencia individual y colectiva, como anotaba el filósofo alemán Wilhelm von Humboldt (1767 – 1835). Por tanto, según este autor, cada cultura y comunidad lingüística tiene su propia forma única de representar y entender la realidad a través del lenguaje.

Asimismo, Susan Arndt (2022) advierte que gran parte de los conocimientos y creencias racistas se manifiestan de forma muy concreta a través de las palabras.

La creación de marcos referenciales y la asociación de connotaciones negativas a los términos empleados para designar a ciertos colectivos refuerza la violencia y agresión contra los mismos. Se trata del ‘poder simbólico’ que genera ‘realidades simbólicas’. Los mensajes son hechos simbólicos que transportan un contenido ideológico (Blanco, 2020). 

Cuando el lenguaje se utiliza como un conjunto de signos que crea concepciones sobre la imagen de alguien de manera despectiva, se convierte en un arma verbal tan potente que desde que naces hasta que mueres la manera en la que la sociedad te señala está prescrita. - Cynthia García (2020)

El paradigma “modernidad/colonialidad” ocasiona un marco constitutivo de la percepción de “colonizador/colonizado” que establece una estructura de poder. Como resultado, la racialización es un proceso de deshumanización de larga duración (Veronelli, 2015: 40).

El lenguaje cotidiano refleja los valores de nuestra sociedad. Los prejuicios contra cualquier grupo social que se siente desfavorecido, perseguido o proscrito en algún momento de la historia, por razón de su sexo, etnia, o cualquier otro factor, inmediatamente pasan al lenguaje cargando de connotaciones negativas los términos empleados para designarlos (Swartch Lorenzo, 2014).

COLONIALISMO LINGÜÍSTICO

El poder español ha protagonizado varios 'epistemicidios', es decir, ha destruido el sistema de saberes y conocimientos de una etnia (o varias) a través del genocidio de su lengua ('glotofagia'), con el fin de asimilar estas a una cosmovisión europea.

Araque (2005) repasa Lingüística y Colonialismo, obra de Jean-Louis Calvet publicada en 1974, en la que se detalla el término ‘glotofagia’. Este se utiliza para designar el proceso político-social mediante el cual la lengua de una determinada cultura desaparece parcial o totalmente, víctima de la influencia, en mayor parte directa y coercitiva, de otra cultura.

Grosfoguel (2013; citado en Ríos, 2020) recoge 4 genocidios, que fueron al mismo tiempo formas de epistemicidio y parte constitutiva del privilegio epistémico de los hombres occidentales:

  • contra lxs musulmanxs y lxs judíxs en la conquista de Al-Ándalus en nombre de la “pureza de sangre”;
  • contra los pueblos indígenas primero en el continente americano y luego lxs aborígenes en Asia;
  • contra lxs africanxs con el comercio de cautivos y su esclavización en el continente americano;
  • contra las mujeres que practicaban y transmitían el conocimiento indoeuropeo en Europa, quienes fueron quemadas vivas acusadas de brujas.

Además, Pastora Filigrana (2019; citada en Ríos, 2020) denuncia que la comunidad gitana del reino de España es la única de Europa que no preserva la lengua propia, el romanó, debido a los siglos de persecución.

Calvet asegura que la teoría lingüística sustentaba las acciones colonialistas, así sitúa el análisis de la relación de las lenguas en el período colonial dentro del ámbito político e ideológico. En consecuencia, la lengua dominante se convierte en un instrumento de opresión (Araque, 2005).

CONSTRUCCIÓN DE LA RAZA A TRAVÉS DEL LENGUAJE

En 1492 con la expulsión de los judíos y el proceso de racialización hacia los moriscos en Andalucía, preludio a las políticas de racialización en América, termina un periodo de intercambio cultural cuyos máximos exponentes fueron los centros de traducciones (Ríos, 2020).

Susan Arndt (2022) explica que el concepto de ‘raza’ se propagó para justiciar las prácticas coloniales. Todo se reducía a la idea de que los blancos eran los únicos capaces de progresar, los únicos con razón y cultura, señala la autora alemana. Los europeos colonizaran la naturaleza y colonizaran a las personas que vivían en ella... Así se construyó un sistema racista, explica Arndt. Después de la II Guerra Mundial, el colonialismo se convirtió en un sistema político que hizo que la gente percibiera a las personas en función del color de su piel, lo quisieran o no (Gopalakrishhan, 2022).

La raza, religión y lengua fueron los puntos clave para la construcción de la alteridad y ‘otrorización’ de los habitantes de Abya Yala (Ríos, 2020).

Abya Yala significa ‘tierra madura, viva, en florecimiento’. Los guna, un pueblo originario de Colombia y Panamá, llamaban así al lugar que habitaban. En la actualidad muchos pueblos indígenas lo prefieren como nombre oficial del continente, en contraste con el nombre extranjero América, que proviene del explorador italiano del siglo XVI Américo Vespucio.

Por un lado, se relaciona el lenguaje y la humanidad; humanidad que dependerá de la utilización de letras y de una particular manera de vestir. Las poblaciones indígenas carecían de ambos requisitos, por tanto, se les iguala con bestias. Sin embargo, como explica Veronelli (2015), se debe entender una distinción entre un ser sin-lenguaje y un ser comunicador simple. Los indígenas van más allá de repetir sonidos o practicar lo que está inscripto en su ADN; la comunicación simple que practican revela un grado de conciencia e incluso de autoconciencia.

Para entender los aspectos lingüísticos de la colonialidad es fundamental conocer la lógica jerárquica sobre las lenguas que, desde un profundo etnocentrismo y el concepto imperial de la lengua como símbolo de dominio político, ponen en marcha los Reyes Católicos (Gopalakrishnan, 2022). Es significativo cómo el propio Colón en su Diario del Primer Viaje (citado en Veronelli, 2015) niega el estatus de lenguaje a lo que escucha a los indígenas.

Elio Antonio de Nebrija publicó en 1492 la Gramática de la lengua castellana ya que, en la época, solo las lenguas con gramáticas eran portadoras de conocimiento (verdadero). Al mismo tiempo, el castellano se elige lengua para unificar el imperio español. Esto convierte el estatus de la lengua en un asunto político. El castellano se dota de un estatus de 'superioridad' frente a las lenguas 'vulgares, bárbaras e indígenas' (Veronelli, 2015).

La colonialidad del lenguaje se refiere a un proceso de racialización de poblaciones colonizadas en tanto agentes comunicativos (es decir, en tanto interlocutores posibles) que comienza con la Conquista de América y que continuaría hasta hoy (Veronelli, 2015: 35). Las poblaciones colonizadas y esclavizadas son deshumanizadas, y por consiguiente se desprecian sus lenguajes y maneras sociales de dar sentido, interpretadas como expresiones de su ‘naturaleza’ inferior.

La dicotomía “modernidad/ colonialidad” muestra cómo la colonialidad es el lado oscuro, escondido e invisibilizado del capitalismo global-eurocentrado (Mignolo, 2007: 17; citado en Veronelli, 2015). Se crea un paradigma que equipara las poblaciones colonizadas como no-humanos o menos que humanos que inicia un proceso de deshumanización de estas poblaciones.

La colonialidad del lenguaje, como la del poder, queda reflejada en las políticas lingüísticas (Ríos, 2020). El eslogan de la Real Academia de la Lengua, creada en 1713: 'Limpia, fija y da esplendor' nos permite intuir la orientación de sus funciones en el mantenimiento de esa ‘norma lingüística’. Además, identidad nacional se entrecruza con identidad lingüística ya que el Instituto Cervantes, entre otras funciones, lleva a cabo los exámenes del nivel de español A2; requisito lingüístico indispensable para la obtención de la nacionalidad, (Ríos, 2020).

De acuerdo con el Principio de Cooperación propuesto por Paul Grice (1913 – 1988), sin voluntad de entenderse es imposible una comunicación eficaz. Colón no ve a los habitantes de Abya Yala como interlocutores sino como esclavos (Veronelli, 2015). Al describir los colonizadores a los colonizados como seres no humanos o menos que humanos, se convierten en seres sin capacidad de establecer una comunicación dialógica racional, es decir, sin un lenguaje 'real' (Veronelli, 2015).

EJEMPLOS DE RACISMO EN EL LENGUAJE ESPAÑOL

En castellano existen numerosas expresiones coloquiales y habituales que son racistas:

  • “Te han engañado como a un chino”;
  • “Parecemos indios hablando así”;
  • “Pareces un gitano así vestido”;
  • “No hay moros en la costa”;
  • “Es un trabajo de chinos”;
  • “Voy al moro”, “voy al paki” o “voy al chino”.

Es especialmente significativo el caso del lenguaje utilizado para referirse a la población de piel negra. Un estudio de 1969 sobre la lengua inglesa que comparaba los sinónimos de white (“blanco”) y black (“negro”) que aparecen en un diccionario de sinónimos llegó a la conclusión de que whiteness (‘blancura’) tiene 134 sinónimos, de los cuales 44 tienen una connotación favorable y sólo 10 tienen un matiz ligeramente negativo. Sin embargo, en relación con la palabra blackness (‘negrura’), que tiene 120 sinónimos, 60 son claramente desfavorables y ninguno de ellos es ni siquiera ligeramente positivo (Swartch Lorenzo, 2014). De igual modo, en el castellano hay multitud de expresiones que relacionan el negro con algo malo, por ejemplo: “tener la negra”, “me tienes negra”, “mercado negro”, “dinero negro”, “gato negro”, “mano negra”, “oveja negra” y, entre otras, “magia negra”, malvada.

En 2013, se crea el Portal de la Educación Intercultural que impulsó la campaña “Borremos el racismo del lenguaje”, una petición formal para la Real Académica Española cuyo objetivo era eliminar la expresión ‘trabajar como un negro’ del diccionario. ‘Negro’ siempre aparece asociado a connotaciones negativas en el diccionario de la RAE, por ejemplo, significados como “muy sucio”, “infeliz, infausto y desventurado” o “muy enfadado o irritado” (García, 2020).

Swartch Lorenzo (2014) apunta otras expresiones como ‘negro literario’ para designar un trabajo cuya autoría no se conoce. En comparación con los angloparlantes que optan por el término ghost-writer (‘escritor fantasma’). Esta asociación proviene de la relación de la expresión ‘trabaja como un negro’ con ‘como un esclavo’.

Barraycoa (2001) ejemplificaba la correlación política que arrastra un problema racial tomando como ejemplo Estados Unidos. Al principio el término para referirse a las personas negras era ‘gente de color’, que fue sustituido por ‘negroes’. Pronto ese término fue utilizado de forma despectiva y se propuso ‘blacks’. De nuevo, fue tomado despectivamente y se propuso ‘personas de color’. Por último, hoy, la denominación más correcta es ‘afroamericanos’.

Esta calificación fue popularizada por la autora Toni Morrison (1931 – 2019) ya que esta expresión proporciona referencias etno-históricas positivas, evocando al orgullo del origen africano de sus antepasados. Asimismo, se proponen las expresiones “cubanoamericano”, “latinoamericano”, “mexicanoamericano” … Sin embargo, de acuerdo con Swartch Lorenzo (2014) esta aplicación solo se puede encontrar en el contexto norteamericano.

La expresión ‘gente de color’ no especifica los componentes de la identidad y de hecho puede combinar muchas formas de violencia dentro de un alcance general. Por ejemplo, mis experiencias como una mujer negra de piel clara no es lo mismo que una persona de color blanca que no es negra (Shackelford, A., 2022).

Por otro lado, ‘n*igga’, deriva de ‘nigger’, fue una palabra utilizada en Estados Unidos por los blancos para referirse a las personas esclavizadas durante el siglo XIX. “Era un insulto racial que pretendía deshumanizar a los esclavos y estereotiparlos como ignorantes, sucios, vagos, asesinos…etc.” (García, 2022). En el documental The N Word (2004) muchos actores/actrices y artistas afroamericanos, como el actor Samuel L. Jackson, cuentan que eran señalados/as o perseguidos/as después del colegio por otros niños y niñas que les repetían esta palabra utilizándola como un arma verbal contra ellos/as. La cultura del hip-hop de los años 90, que incluye la palabra de manera frecuente en sus canciones, conlleva un nuevo debate que el uso que las personas blancas, que no han sido oprimidas por ella, hacen de ella borra todo su poso histórico (García, 2022).

No obstante, García (2022) asegura que prohibir la palabra no es la solución que invisibilizaría la opresión sufrida durante siglos. Propone la necesidad de educar y no olvidar de dónde viene y por qué varias personas defienden que no se debe utilizar en cualquier contexto.

Arndt (2022) afirma “las prohibiciones lingüísticas no nos sirven porque, aunque no se digan las expresiones, la gente no reflexiona, ni cambia las imágenes interiorizadas. No conducen a un cambio en las estructuras de poder". Shackelford (2022) niega que los esfuerzos de “inclusión” aborden la base del problema. Asimismo, Hall (2015) piensa que no debemos equivocarnos y creer “que las cosas se desvanecen nada más con etiquetarlas”. El “nominalismo” extremo como la creencia de que basta con llamar las cosas de una manera diferente para que estas dejen de existir.

SUPUESTAS PALABRAS “ANTIRRACISTAS”

En los últimos años ha aumentado la concienciación sobre el poder discriminatorio del lenguaje y han surgido palabras “antirracistas”, sin embargo, esas palabras “se utilizan como herramientas reductoras de daños para mantener el poder y al mismo tiempo elevar nuestra práctica cultural y política de silenciar, apagar y mantener en secreto la violencia nombrada en torno al racismo” (Shackelford, 2022). Algunas de las palabras sobre las que la escritora incita a reflexionar son ‘diversidad’, ‘igualdad’, ‘privilegio blanco’, ‘minorías’ y ‘caridad’.

El término ‘diversidad’ no garantiza un verdadero cambio e invisibiliza la violencia dentro de las instituciones. La interseccionalidad que implican las identidades de las personas exige una superación de los sistemas de poder opresivos ligados al capitalismo supremacista blanco. El simple hecho de ser autoconsciente o expresar el beneficio de ser blanco no es suficiente, el impacto proviene de utilizar ese privilegio para reconocer a quien sufre, muere y permanece silenciado por ese mismo privilegio. El concepto de ‘minorías’ conlleva rebajar a los colectivos que no son definidos en sociedad como “normales”, además evoca a las injusticias históricas y sistemáticas que estas personas han sufrido (Shackelford, 2022).

Del mismo modo, George Orwell señalaba en su libro La política y el lenguaje inglés (1946) la capacidad de la clase dirigente inglesa para, a través del lenguaje, transformar la impresión de la realidad, sin variar la misma (Barraycoa, 2001).

sábado, 28 de enero de 2023

ROL DE LAS MUJERES EN LA PROPAGANDA DEL DAESH

 


Debido al objetivo del Daesh de construir un Estado, las mujeres tienen un papel importante. Tradicionalmente el papel de las mujeres en la yihad ha sido pasivo, como madres y esposas que apoyan a sus maridos e hijos combatientes. Sin embargo, las mujeres cada vez toman un papel más activo como terroristas suicidas y como reclutadoras. Su lucha activa violenta como combatientes es un polémico tema de debate a día de hoy.

Daesh, Estado Islámico o ISIS

Autores como el periodista y analista internacional Pablo Jofre Leal (citado en Ortuño Pérez, 2017; 2015) han advertido de que el nombre "Estado Islámico" para referirse al grupo terrorista es inadecuado “pues al utilizarlo desdibuja abiertamente las fronteras que existen entre conceptos como el Islam, el islamismo, los musulmanes y los islamistas” (citado en Ortuño Pérez, 2017; 2015:15). 

Jofre Leal (2015) llama la atención sobre el significado del nombre Daesh que se parece al término Daes que significa en árabe “aquel que aplasta algo bajo sus pies” o Dahes que significa “el que siembre odio. En plural, Daw’aish, significa “grupo o agrupación de intolerantes que imponen sus puntos de vista”. Por tanto, Ortuño Pérez (2017) propone sustituir el terrorismo islamista por el terrorismo de Daesh.

Si bien el grupo no logró mantener su territorio y establecer un imperio islamista teocrático, logró generar múltiples ataques terroristas de actores individuales inspirados por ISIS en todo el mundo. La estrategia de comunicación de ISIS influye en la radicalización letal de los terroristas en todo el mundo (Udani, 2018).

Aunque el nivel de amenaza percibido del Daesh hacia la comunidad global ha disminuido considerablemente desde su derrota militar y su pérdida de territorio, su gran presencia en línea y su adaptación a las nuevas tecnologías emergentes son factores importantes en la visibilidad internacional del grupo. 

El objetivo de los grupos terroristas no es solo la consecución de atentados, sino también la propagación de su mensaje y conseguir la atención de un público. De acuerdo con Cimadevilla Valdeón (2017: 47), la propaganda online del Daesh tiene 4 finalidades

  1. «fomentar el miedo entre los soldados de Iraq y Siria, 
  2. aumentar el apoyo a la organización, 
  3. el reclutamiento;
  4. establecer nuevas alianzas con otros grupos terroristas».

El Ministerio de Medios del Daesh controla múltiples servicios de radio, 35 oficinas de medios regionales en todo el Medio Oriente y África y una rama de producción para traducciones al inglés y revistas en idiomas no árabes, Al Hayat Media Center (Milton, 2016). En gran parte, el objetivo de la presencia mediática del Daesh es maximizar la radicalización para ganar reclutas potenciales; por lo tanto, gran parte de su contenido tiene un enfoque externo, creado para fomentar la radicalización y reclutar personas tanto a nivel regional como en el extranjero (Gambhir, 2016; citado por Udani, 2018).

Un informe de la Fundación Quilliam describe la rama de medios del Daesh como un «gigante, que produce en promedio 38 lotes individuales de propaganda cada día: videos, ensayos fotográficos, artículos y programas de audio» (Winter, 2015: 3). El análisis de Milton (2016) de los comunicados de prensa en línea de Daesh observa que, en su punto máximo en agosto de 2015, Daesh lanzó más de 700 piezas de medios visuales en un mes (Udani, 2018)[1].

En octubre de 2014 se creó un ala de medios adicional llamada Fundación al-Zora, que se dedica a producir contenido dirigido directamente a las mujeres (Tarras-Wahlberg, 2016).

Las revistas Dabiq y Rumiyah destacan debido a su manera única de presentar sus contenidos, mezclando las narrativas tradicionales yihadistas con los métodos y estrategias de comunicación modernas (Udani, 2018). 

  • Dabiq comienza en julio de 2014 y publica en inglés, árabe, turco, francés, alemán y ruso. Según la propia publicación: «se trata de una revista con enfoque del Daesh, en la que se ofrecen temas relacionados con el tawhid (monoteísmo), el manhaj (la búsqueda del conocimiento), la hégira (la emigración de Mahoma), la yihad (guerra santa) y la jama’a (comunidad)» (Cimadevilla Valdeón, 2017). Toma el nombre de la ciudad siria donde, según unos hadices, tendrá lugar la batalla final entre los musulmanes y los infieles (Torres Díaz, 2015). 
  • El primer número de Rumiyah fue publicado en septiembre de 2016 y desde entonces no se ha vuelto a publicar un número de Dabiq (Udani, 2018).

Ingram (2016, citado por Udani, 2018) aseguraba que Dabiq fomentaba una visión dicotómica y apocalíptica del mundo utilizando un lenguaje hostil para referirse a Occidente y enfatizando las diferencias entre la civilización islámica y la civilización occidental. Asimismo, Vergani y Bliuc (2015, citados por Udani, 2018) descubrieron que utilizaba un lenguaje emocional para referirse a temas de muerte y religión. Esto enfatiza una visión polarizada del nosotros vs ellos.

Según un estudio aproximadamente 3 000 mujeres residentes en Occidente han viajado a Siria o Iraq. Udani (2018) recoge como causa el especial foco que la revista Dabiq pone en las mujeres.

En la propaganda del Daesh se promete a las mujeres (Tarras-Wahlberg, 2016):

  • La posibilidad de cumplir su obligación religiosa,
  • Convertirse en importantes constructoras del “Estado”,
  • Experimentar relaciones de pertenencia y sororidad profundas y llenas de significado,
  • Vivir una excitante aventura y encontrar el amor verdadero,
  • Ser más influyentes.

La propaganda de ISIS apela directamente a los que se sienten no deseados y discriminados en sus comunidades. Por tanto, Daesh ofrece a las mujeres un sentido de comunidad y pertenencia, hermanas que las respetarán y honrarán. Además, la propaganda del Daesh utiliza referencias de la cultura popular occidental que resuenan con estas mujeres; por ejemplo, un anuncio de maquillaje de L’Oreal (Gan et al., 2019). 

Las mujeres en la propaganda oficial del Daesh

Respecto a los discursos oficiales destaca la Carta a mis hermanas musulmanas publicada en 2009 por Umayma, esposa de al-Zawahiri, en la que recoge la yihad como obligación individual de todos los musulmanes y defiende que la yihad de la mujer es como apoyo del hombre, ya sea:

económicamente, sirviéndoles en sus necesidades (prácticas), brindándoles información, opiniones, participando en la lucha o incluso (ofreciéndonos como voluntarias) para cometer un atentado suicida… Nuestro rol principal… es el de proteger a los yihadistas criando a sus hijos, administrando sus hogares, guardando sus secretos (Qazi, 2011: 38)[2].

El rol pasivo de las mujeres en la yihad es ampliamente compartido mientras que el rol activo violento de las mujeres es tema de debate a día de hoy. No obstante, 6 fatuas permiten la participación de las mujeres en la actividad terrorista (Cimadevilla Valdeón, 2017): 

  • la de Yussuf al Qaradawi, en la que se lee «el acto es una forma de martirio por la causa de Allah… y la mujer debe participar en la yihad, incluso sin el permiso de su marido»; 
  • 3 fatuas de profesores de la Universidad de Al-Azhar de Egipto; 
  • otra de Faysal Al-Mawlawi, quien pertenece al Consejo Europeo para la Investigación y la opinión legal; 
  • y otra de Nizal ‘Abd Al-Qadir Riyyan, perteneciente a la Universidad Islámica de Gaza.

Por otro lado, cabe destacar el comunicado de la brigada al-Khansaa. La Brigada al-Khansaa es un grupo militante compuesto exclusivamente de mujeres que se formó en Siria tras la toma de la ciudad de Raqqa por el Daesh a principios de 2014. En enero de 2015 publicaron un texto titulado Las mujeres en el Estado Islámico: manifiesto y estudio de caso. Aunque no es un documento oficial, se cree que tuvo la aprobación de la élite yihadista. Fue redactado en árabe, lo que hace pensar que está destinado a la comunidad femenina musulmana de los países árabes. Se compone de tres partes: en la primera se expone el papel de la mujer musulmana que deriva de las enseñanzas del Profeta; en la segunda parte se detalla la vida de las mujeres en el califato donde todas las necesidades son cubiertas; y, en la tercera parte, se denuncia la situación de las mujeres en Arabia Saudí. Todo el texto tiene un tono reclutador y hace hincapié en la imposibilidad de llevar una vida plena fuera de las fronteras del califato. Respecto a la primera parte, anota que el lugar de la mujer es como madre y cuidando el hogar; solo se le permite salir de casa por tres razones: si son llamadas a la yihad porque los hombres no son suficientes, si son médicos, maestras o enfermeras y para estudiar teología (Torres Díaz, 2015).

Pero las herramientas de propaganda más importantes para estudiar el papel de las mujeres en la propaganda oficial del Daesh son las revistas Dabiq y Rumiyah. Las secciones de estas revistas que proveen consejos para emprender la héjira e incluyen historias personales de la emigración de mujeres son especialmente dirigidas a las mujeres (Prendergast, 2017).

De acuerdo con Huey (2015), se deben tener 3 cuestiones en consideración:

  1. La representación textual.
    Referencias a mujeres en el texto: normalmente como víctimas que necesitan de los hombres para defenderlas. En la revista Dabiq se cita la persecución de las mujeres para incentivar a los hombres a alistarse en las filas del Daesh. Por otro lado, se incita a las mujeres a realizar la héjira y se recogen historias de mujeres que han emigrado (Huey, 2015). La historia de la héjira de una mujer embarazada es detallada en el número 8 de la revista Dabiq (Toguslu, 2018).

  2. La representación pictórica.
    La ideología salafista prohíbe la representación de los cuerpos y rostros de las mujeres. Por tanto, se encuentran pocas imágenes de mujeres en las revistas. Existe una excepción, la imagen de una joven que anuncia la atención médica ofrecida en los territorios del Daesh. Si bien, se encuentran imágenes asociadas a la feminidad como comida, hogar o colores como el rosa y el morado, pero solo para acompañar a textos escritos por mujeres (Huey, 2015).

  3. Las voces de mujeres.
    La primera mujer entrevistada para la revista Dabiq fue Umm Basir al-Muhajirah, viuda de Amedy Coulibaly, en febrero de 2015, en el número 7 de la revista.
    En el número 8 de la revista Dabiq aparece la primera edición de la sección que primero se tituló Para nuestras hermanas y luego pasó a llamarse De nuestras hermanas. La sección recoge los textos escritos por Umm Sumayyah al-Muhajirah (Torres Díaz, 2015).
    Umm Sumayyah al-Muhajirah, aunque no se conoce la identidad de la persona detrás del nombre, de los caracteres elegidos se puede saber que toma su nombre de Sumayyah bint Khayyat, considerada la primera mártir del islam y se identifica como extranjera al adoptar muhajirah, es decir, «aquella que realiza la héjira». Por tanto, se cree que es originaria de Occidente (Torres Díaz, 2015).
    En su primer artículo, titulado Las almas gemelas de los emigrantes recogía consideraciones sobre la obligación de todo musulmán a realizar la héjira. Se centraba especialmente en las mujeres que viajaban al califato, los obstáculos que debían superar y la plenitud de la vida como esposa y madre, aportando testimonios de mujeres que habían emigrado. Ese artículo pasó casi desapercibido, por consiguiente, en el siguiente escogió un tema más escandaloso y lo tituló ¿Esclavas o prostitutas? En el texto trataba el tema de las mujeres yazidíes que Daesh utiliza como esclavas sexuales y defendía ese comportamiento. El siguiente artículo se dirigió a las mujeres musulmanas casadas con hombres que no luchaban por la yihad y animaba a estas a dejarlos y emprender el viaje al califato. En el número 11 de Dabiq, trata el tema de la participación activa violenta de las mujeres afirmando que el lugar de la mujer es como esposa y madre, de apoyo y que el mayor honor es ser viuda de un mártir. Todos los textos de Umm Sumayyah contienen referencias coránicas o a eruditos tradicionales que apoyan sus ideas (Torres Díaz, 2015).
Huey, L. (2015). No Sandwiches Here: Representations of Women in Dabiq and Inspire Magazines, The Canadian network for research on terrorism, security and society, Working Paper Series, vol. 15, nº 4, página 7. Disponible en: https://www.academia.edu/download/40411560/TSASWP15-04_Huey.pdf [Consultado el 23 de junio de 2022]

Prendergast (2017) afirma que las mujeres son otorgadas distintas funciones en la yihad dependiendo de su etnia, edad, ideología, religión y nacionalidad. Sus principales roles son esposas, madres, enfermeras, esclavas sexuales y avergonzar a los hombres y que se alisten.

Termeer y Duyvesteyn (2022) reconocen 3 narrativas centrales que marcan el mensaje del grupo yihadista a las mujeres:

  • Constructoras de la ummah,
  • Representantes del islam,
  • Guardianas del califato.

El principal tema presente en las revistas es la héjira. Se anima a las mujeres a emigrar a los territorios controlados por Daesh. Además, se afirma que la vida en Occidente mancha la dignidad y el honor de las mujeres, y, por consiguiente, del islam, pero al viajar al califato se purifican y recuperan sus derechos. Daesh considera a las mujeres como las encargadas de rectificar y transmitir los valores yihadistas a las futuras generaciones. El camino de la héjira se asocia en el discurso de Daesh al honor. Esto se debe a la noción patriarcal que asocia el honor de la familia con las mujeres. También se presenta la héjira como un llamamiento divino y una obligación religiosa (Termeer y Duyvesteyn, 2022).

Se utilizan modelos de piedad como Asiya bin Muzahim, madre adoptiva de Moisés; Zainab, hija del Profeta, Hajar, madre de Ismael, y Umm Sulaym, que rechazó a su pretendiente hasta que este se convirtió al islam, para hacer a las mujeres titulares de la religión y responsables de pasarla a sus hijos. Se asegura que las familias y comunidades musulmanas dependen de la piedad femenina. La revista Dabiq, en su número 11, recoge un pasaje del Corán en el que el Profeta dice: «cada uno de vosotros es pastor y cada uno es responsable de su rebaño […] Y la mujer es pastora en su casa y es responsable de su rebaño» (Prendergast, 2017: 62)[3].

Dabiq anima a las mujeres a que envíen a sus hijos a la lucha de la yihad, como se recoge en los números 8 y 11de la revista: «Vi hermanas en una noche inflamada por la batalla enviar a sus hijos de 15 años fuera de la casa diciendo: "¡Alá es el más grande! ¡Ve al Jannah, cuya anchura es la de los cielos y la tierra!» (Prendergast, 2017: 70)[4].

Asimismo, Dabiq defiende la poligamia. En un artículo que analiza las «sabidurías de la poligamia» en el número 12 de la revista, Daesh presenta los siguientes argumentos:

«primero, las mujeres superan en número a los hombres, ya que los hombres están naturalmente más expuestos a situaciones peligrosas; segundo, las viudas, las divorciadas y las mujeres infértiles están protegidas en el matrimonio; tercero, los hombres tienen otras para satisfacer sus necesidades sexuales cuando la esposa está menstruando, recuperándose del parto, etc. […] Que cada hermana se ponga en el lugar de la esposa de un shahīd y sacrifique algo del egoísmo que es una parte de nuestra naturaleza» (Prendergast, 2017: 67)[5].

Refiriéndose a las mujeres casadas, en un artículo publicado en el número 10 de Dabiq se obliga a las mujeres a mandar a sus maridos a la yihad y sino divorciarse de ellos:

«No está permitido en ningún caso que sigas bajo el mismo techo que alguien que quitó la soga del islam de su cuello; el contrato de matrimonio entre vosotros queda anulado en el momento en que él apostató de la religión del islam» (Prendergast, 2017: 83) [6].

Por último, en cuanto al rol activo violento de las mujeres. Daesh presenta una contradicción ya que publica imágenes de mujeres con armas y les ofrece adiestramiento militar mientras que las indica que no deben luchar sino criar a las siguientes generaciones de yihadistas (Prendergast, 2017).

A principios de 2018, Daesh publicó un vídeo de 3 mujeres con armas. En el número 13 de la revista Dabiq se lee que «porque los hombres han fallado en tomar su responsabilidad en la yihad, las mujeres llevan a cabo los ataques en su lugar» (De Leede, 2018: 4)[7]. Sin embargo, aunque parece que las mujeres toman un papel más activo en algunas organizaciones terroristas, los roles de género son claros en la actividad yihadista. En el número 11 de la revista, se recoge un pasaje del Corán en el que el Profeta dice a las mujeres que no deben luchar: «Oh Mensajero de Allah, los hombres salen a la batalla y nosotros no salimos a la batalla... Entonces Allah reveló: {Y no desees aquello por lo que Allah ha hecho algunos de ustedes superan a otros}» (Prendergast, 2017: 77)[8].

El rol de esclavas sexuales tiene varios ángulos. Por un lado, esta idea surge de la teoría de las mujeres en la guerra. La yihad sexual es el matrimonio temporal entre una mujer y un hombre que les permite tener sexo porque el hombre después de satisfacer sus frustraciones sexuales deberá centrarse más en la guerra. La primera vez que esta obligación de las mujeres fue proclamada en el entorno yihadista fue cuando el clérigo wahabí Sheikh Mohamad al-Arefe instó a las mujeres suníes a ofrecerse a los muyahidines durante su guerra contra el régimen de Assad (Prendergast, 2017).

La esclavitud sexual es un tema abiertamente discutido en las publicaciones del Daesh en panfletos, redes sociales y la revista Dabiq. Destaca el caso de las mujeres yazidíes, grupo mencionado en el número 4 de Dabiq como una «minoría pagana» que adora a Satán (Salih, 2019). El uso de violencia sexual contra estas mujeres trae la violación como técnica de guerra, la violación con fines religiosos y la ideología misógina. Daesh utiliza la violencia sexual para atemorizar a quienes no quieran convertirse a su islam (Prendergast, 2017). La explotación sexual y el tráfico de mujeres y niñas de las minorías atacadas por Daesh se convirtió en un fenómeno corriente dentro de los territorios controlados (Salih, 2019).

En un artículo del número 4 de Dabiq se encuentran instrucciones de cómo vender a las esclavas yazidíes (Salih, 2019). En la revista también se encuentra la justificación de la esclavitud como parte de la ley islámica:

«uno debe recordar que esclavizar las familias de kuffar y tomar a sus mujeres como concubinas es un aspecto establecido claramente en la sharía, si alguien fuera a burlarse o negar esto, estaría negando o burlándose de los versos del Corán y las narrativas del Profeta y, por tanto, apostatando el islam» (Salih, 2019: 43)[9].

Hassen (2016, citado por Salih, 2019) descubrió que el Daesh ha utilizado la violencia sexual contra las mujeres para controlar áreas, limpieza étnica, vengarse del gobierno iraquí junto por aliarse con los estadounidenses y atraer más combatientes. El entorno en el que se mueve el Daesh es de guerra y, por consiguiente, se puede apreciar la utilización de la violencia sexual de varias maneras: la feminización del enemigo, para financiación, para atraer y pagar a los combatientes, la defensa de las mujeres como una excusa para la guerra (Salih, 2019).  

En el número 15 de la revista Dabiq, en un artículo titulado Rompiendo la cruz, Daesh justifica la utilización de violencia contra sus enemigos. En un artículo del número 9 de Rumiyah (2017), Daesh otorga permiso para esclavizar a las mujeres cristianas (Salih, 2019).

Las mujeres en la propaganda no oficial del Daesh

Daesh utiliza las redes sociales como arma de terror mediante 3 tácticas (Cimadevilla Valdeón, 2017): 

  1. en el caso de Twitter, apropiándose de hashtags que estén en tendencia en el momento; 
  2. a través de la creación de una aplicación que controle las publicaciones de todos los miembros (Dawn of GladTidings);
  3. utilizando redes de equipos infectados controlados por una única persona.

El Grupo Soufan (2015) afirma que el alcance de las redes sociales de ISIS es particularmente efectivo para difundir el mensaje del grupo y fomentar la radicalización, sentando las bases para el reclutamiento (Udani, 2018).

Daesh utiliza las redes sociales para mostrar una imagen distorsionada de la vida en el califato. Es una herramienta de propaganda yihadista dirigida al público occidental, especialmente Instagram. El proceso de reclutamiento comienza con la proclamación de una falta de valores en Occidente y la propagación de una imagen distorsionada y utópica de la vida que les espera en las tierras del Daesh (Cimadevilla Valdeón, 2017).

Las mujeres son miembros activos en las redes sociales como creadoras y distribuidoras de propaganda del Daesh. Los mensajes relativos a la héjira son dirigidos a las mujeres. La interacción entre géneros es frecuentemente rechazada, por tanto, mujeres reclutan a otras mujeres (Huey, 2015).

El proceso de radicalización se esconde tras una historia de amor. Daesh les ofrece un marido, un hogar y un salario, además de protección ante las adversidades. A estas mujeres algunos autores las han llamado fangirls (Cimadevilla Valdeón, 2017). Las mujeres que emigran a los territorios controlados por el Daesh tienen una visión romántica del radicalismo (Nacos, 2015).

Horton y Wohl (1956) estudiaron el poder que las redes sociales tienen sobre las personas ineptas o aisladas socialmente, ya que las personas que siguen en redes sociales pueden ser un objeto de amor desarrollando un comportamiento de fan. Por eso, Melanie Smith llama a las mujeres que participan en la comunidad virtual yihadista ISIS-fangirls. De acuerdo con Gayle S. Stever (2009) las personas buscan romance, comprensión, inspiración, comunidad e identidad en las relaciones que desarrollan a través de las redes sociales (Nacos, 2015).

El reclutamiento se dirige a mujeres occidentales que viajan a Siria o Iraq y otras que colaboran con el grupo desde células desde su país. Estas últimas son especialmente útiles ya que mediante el matrimonio los muyahidines consiguen la legalización en el país occidental (Cimadevilla Valdeón, 2017).

Cimadevilla Valdeón (2017), de acuerdo con Shazia Mirza, apunta que la incorporación de estas mujeres jóvenes a la organización terrorista es una moda, ya que los yihadistas representan su idea de «hombre macho» con armas. «Para ellas (las mujeres musulmanas que viven en Occidente), los yihadistas son como Brad Pitt, solo que mejores porque Brad Pitt no es religioso» (Nacos, 2015: 1)[10].

Melanie Smith (2014, citada en Nacos, 2015) comentó que la mayoría de mujeres que emigran viajan con sus maridos o viajan para encontrar marido.

Algunos ejemplos de perfiles que comparten propaganda del Daesh y animan a las mujeres musulmanas a emprender la héjira son Umm Layth (británica), Umm Haritha (canadiense) y Umm Ubaydah (norte de Europa), que han compartido su viaje y su matrimonio con un yihadista en redes sociales como Twitter y Facebook y en sus blogs personales (Torres Díaz, 2015).

Es muy popular el blog en Tumblr llamado Diario de una emigrante, que se supone escribe una mujer de 27 años. Ofrece detalles biográficos de su proceso de llegada a Siria y su matrimonio dos meses después con un desconocido (Torres Díaz, 2015).

Las mujeres que viven en el califato y comparten su vida en las redes sociales con un fin propagandístico no hacen referencia a la visión yihadista de la mujer como esposa y esclava, sino que glorifican la religión, la valentía de los yihadistas y suicidas y la responsabilidad de las mujeres de casarse con los combatientes y tener hijos y educarlos para ser futuros yihadistas (Nacos, 2015).

Conclusiones

Las mujeres en la propaganda del Daesh son protagonistas tanto en la propaganda oficial como en la propaganda no oficial. En el caso de la propaganda oficial destaca la sección de Umm Sumayyah al-Muhajirah en la revista Dabiq. En cuanto a la propaganda no oficial, las mujeres son grandes reclutadoras a través de sus perfiles de redes sociales y blogs, en los que comparten datos biográficos y una visión distorsionada de su vida en el califato.

Es propaganda de mujeres para mujeres. Debido a las restricciones del yihadismo de interacción entre géneros, la propaganda que llega, y radicaliza, a las mujeres proviene de otras mujeres.

Los contenidos preferidos para las mujeres son los relativos a la héjira, el viaje a los territorios que fueron controlados por la organización para casarse y tener hijos que inculcan la ideología yihadista. No obstante, el rol de las mujeres no es homogéneo. Sus funciones dependen de su edad, nacionalidad, ideología y etnia.

Las revistas Dabiq y Rumiyah cumplen un papel fundamental en la radicalización de las mujeres ya que justifican los roles que a estas son dados en fragmentos del Corán, declaraciones del Profeta y personajes históricos.

A pesar de que, principalmente gracias a las nuevas tecnologías, las mujeres han tomado un papel protagonista en la propaganda del Daesh, el rol que ellas mismas defienden es pasivo. El mensaje a las mujeres yihadistas es una crítica a los valores occidentales, que las anime a emigrar y tomar el rol de esposas y madres junto a un hombre combatiente.

Aunque la propaganda del Daesh tiene en cuenta a las mujeres, e incluso les da un hueco para que ellas mismas se expresen, no parece que signifique un mayor respeto por ellas, sino que solo las utilizan para conseguir sus fines.

Fuentes

Cimadevilla Valdeón, A. (2017). La utilización de la propaganda por parte de Al-Qaeda y Daesh: la mujer como un actor emergente en la captación y desradicalización. Trabajo de fin de máster. Universidad Complutense de Madrid. Disponible en: https://eprints.ucm.es/id/eprint/70994/1/TRABAJO%20FIN%20DE%20M%C3%81STER%20COMPLETO.pdf [Consultado el 22 de junio de 2022]

DE LEEDE, S. (2018). Women in jihad; a historical perspective, International Centre for Counter-Terrorism (ICCT). Disponible en: https://icct.nl/app/uploads/2018/09/ICCT-deLeede-Women-in-Jihad-Sept2018.pdf [Consultado el 21 de junio de 2022]

Gan, R. et al. (2019). Change is the only constant: the evolving role of women in the Islamic State Iraq and Syria (ISIS), Women & Criminal Justice, vol. 29, nº 6, 204 – 220. Disponible en: https://www.researchgate.net/publication/332671638_Change_is_the_Only_Constant_The_Evolving_Role_of_Women_in_the_Islamic_State_in_Iraq_and_Syria_ISIS#read [Consultado el 22 de junio de 2022]

García-Calvo, C., (2015). El papel de las mujeres en la yihad global, Revista de Occidente, nº 406, 35-48. Disponible en: https://www.revistasculturales.com/xrevistas/PDF/97/1817.pdf [Consultado el 22 de junio de 2022]

Heidarysafa, M. et al. (2019). Women in ISIS Propaganda: A Natural Language Processing Analysis of Topics and Emotions in a Comparison with a Mainstream Religious Group, Intelligent Computing, 610 – 624. Disponible en: https://www.researchgate.net/profile/Kamran-Kowsari/publication/342682006_Women_in_ISIS_Propaganda_A_Natural_Language_Processing_Analysis_of_Topics_and_Emotions_in_a_Comparison_with_a_Mainstream_Religious_Group/links/5f08e85092851c52d6289427/Women-in-ISIS-Propaganda-A-Natural-Language-Processing-Analysis-of-Topics-and-Emotions-in-a-Comparison-with-a-Mainstream-Religious-Group.pdf [Consultado el 24 de junio de 2022]

Huey, L. (2015). No Sandwiches Here: Representations of Women in Dabiq and Inspire Magazines, The Canadian network for research on terrorism, security and society, Working Paper Series, vol. 15, nº 4. Disponible en: https://www.academia.edu/download/40411560/TSASWP15-04_Huey.pdf [Consultado el 23 de junio de 2022]

Malik, N. y Rafiq, H. (2015). Caliphettes: Las mujeres, objeto y sujeto de la llamada de Daesh. Londres: Quilliam. Disponible en: https://beatrizbecerra.eu/wp-content/uploads/2016/09/Caliphettes-libro1.pdf [Consultado el 22 de junio de 2022]

Nacos, B.L. (2015). Young Western Women, Fandom and ISIS, E-International Relations. Disponible en: https://www.e-ir.info/2015/05/05/young-western-women-fandom-and-isis/ [Consultado el 25 de junio de 2022]

Prendergast, M.A. (2017). Madonnas and whores or blood and gore? Roles for women in the so-called Islamic State. Master’s tesis, University of Oslo. Disponible en: https://www.duo.uio.no/bitstream/handle/10852/59933/Molly-Prendergast-PECOS-master-s-thesis.pdf?sequence=1&isAllowed=y [Consultado el 23 de junio de 2022]

QAZI, F. (2011). The Mujahidaat: Tracing the Early Female Warriors of Islam. L. Sioberg y C. E. Gentry (eds.), Women, Gender and Terrorism. The University of Georgia Press, 29 – 56. Disponible en: https://www.researchgate.net/publication/287090168_The_Mujahidaat_Tracing_the_early_female_warriors_of_Islam#read [Consultado el 21 de junio de 2022]

Salih, D. (2019). Through the Lens of ISIS: The Portrayal of the Female Enemy and Sexual Violence in ISIS Online Magazines Dabiq and Rumiyah, University of Helsinki. Disponible en: https://helda.helsinki.fi/bitstream/handle/10138/300519/DimaSalihMaster'sThesis.pdf?sequence=2 [Consultado el 25 de junio de 2022]

Stempien, M. (2021). The Role of Women and Girls in the Eyes of Islamic State: A Content Analysis of Dabiq and Rumiyah Magazines, Journal of Human Security, vol. 17, nº1, 46 – 56. Disponible en: http://www.librelloph.com/journalofhumansecurity/article/download/johs-17.1.46/pdf [Consultado el 24 de junio de 2022]

Tarras-Wahlberg, L, (2016). Promises of paradise? A study on official ISIS Propaganda targeting women, Swedish Defence University. Disponible en: http://fhs.diva-portal.org/smash/get/diva2:942997/FULLTEXT01.pdf [Consultado el 22 de junio de 2022]

Termeer, A. and Duyversteyn, I. (2022). The inclusion of women in jihad: gendered practices of legitimation in Islamic State recruitment propaganda, Critical Studies on terrorism, vol. 15, nº 2, 463 – 483. Disponible en: https://www.tandfonline.com/doi/pdf/10.1080/17539153.2022.2038825 [Consultado el 23 de junio de 2022]

Toguslu, E. (2018). Caliphate, Hijrah and Martyrdom as Performative Narrative in ISIS Dabiq Magazine, Politics, Religions & Ideology, vol. 20, nº1, 1 – 27. Disponible en: https://www.researchgate.net/profile/Erkan-Toguslu/publication/329545311_Caliphate_Hijrah_and_Martyrdom_as_Performative_Narrative_in_ISIS_Dabiq_Magazine/links/605330e2299bf173674e9043/Caliphate-Hijrah-and-Martyrdom-as-Performative-Narrative-in-ISIS-Dabiq-Magazine.pdf [Consultado el 25 de junio de 2022]

Torres Díaz, O. (2015). La Propaganda del Daesh también es cosa de mujeres. de Umm Sumayyah al-Muhajirah en Dabiq al Manifiesto de la Brigada al-Khansaa en Internet, Boletín IEEE, nº6. Disponible en: https://www.ieee.es/Galerias/fichero/docs_opinion/2015/DIEEEO121-2015_Propaganda_Daesh_Mujeres_OlgaTorres.pdf [Consultado el 23 de junio de 2022]

Udani, C.M. (2018). A Content Analysis of Jihadist Magazines: Theoretical Perspectives, University of Central Florida. Disponible en: https://stars.library.ucf.edu/cgi/viewcontent.cgi?article=1367&context=honorstheses [Consultado el 25 de junio de 2022]

Wignell, P. et al. (2017). A Mixed Method Empirical Examination of Chenges in Emphasis and Style in the Extremist Magazines Dabiq and Rumiyah, Perspectives on Terrorism, vol. 11, nº2, 2 – 20. Disponible en: https://www.jstor.org/stable/pdf/26297775.pdf?casa_token=FcEnJat-FTAAAAAA:A_8kOzfJaClZ15Zf7Uk-1hqMK95FkJqRk7hB66Za96L2uthWL-RsOhRoTA4vq6DSiilfbus1Kso-itst0rEpqK08E2yqitjeBWeOKskGcWO8lXsDxM0 [Consultado el 24 de junio de 2022]

Wilbur, D. (2017). Propaganda’s Place in Strategic Communication: The Case of ISIL’s Dabiq Magazine, International Journal of Strategic Communication, vol. 11, nº3, 1 – 15. Disponible en: https://www.researchgate.net/profile/Douglas-Wilbur/publication/316846258_Propaganda's_Place_in_Strategic_Communication_The_Case_of_ISIL's_Dabiq_Magazine/links/5aa9b809aca272d39cd5e040/Propagandas-Place-in-Strategic-Communication-The-Case-of-ISILs-Dabiq-Magazine.pdf [Consultado el 24 de junio de 2022]


domingo, 15 de enero de 2023

ATENTADO TERRORISTA O DELITO DE ODIO


"ATENTADO" + "TERRORISTA"

Debido a que solemos ver la palabra "atentado" acompañada del calificativo terrorista podemos pensar que un atentado siempre es terrorista, pero no siempre es así. 

El Diccionario de la Real Academia Española (DRAE) define "atentado" como:
la agresión contra la vida o la integridad física o moral de alguien o también como delito que consiste en la violencia o resistencia grave contra la autoridad o sus agentes en el ejercicio de funciones públicas, sin llegar a la rebelión ni sedición.

Por otro lado, sobre el término "terrorismo", es difícil determinar qué es terrorismo ya que no existe una definición aceptada entre los expertos (Schmid 2013; Spaaij & Hamm, 2015; citados por Kearns et al., 2019).

El DRAE define el "terrorismo" como: 
la actuación criminal de bandas organizadas que, reiteradamente y por lo común de modo indiscriminado, pretende crear alarma social con fines políticos.

La Organización Internacional de Policía Criminal o Policía Internacional (INTERPOL) califica como actos terroristas: "el terrorismo organizado en zonas de conflicto, los combatientes terroristas extranjeros, los ‘lobos solitarios’ radicalizados y los atentados con materiales químicos, biológicos, radiológicos, nucleares y explosivos."

En el entorno jurídico español y europeo, la Decisión Marco 2002/475/JAI del Consejo de la Unión Europea, de 13 de junio de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo, modificada por la Decisión Marco 2008/919/JAI, de 28 de noviembre de 2008, incluye una definición del delito de terrorismo que recoge el Código Penal español en el artículo 573:
la comisión de cualquier delito grave contra los bienes jurídicos cuando se lleve a cabo con alguna de las finalidades que se especifican:

  • Subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo;
  • Alterar gravemente la paz pública;
  • Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional;
  • Provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.

¿QUÉ ES UN "DELITO DE ODIO"?

La Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) estableció lo siguiente para el "delito de odio" en 2003:

(A) Cualquier infracción penal, incluyendo infracciones contra las personas o las propiedades, donde la víctima, el local o el objetivo de la infracción se elija por su, real o percibida, conexión, simpatía, filiación, apoyo o pertenencia a un grupo como los definidos en la parte B.

(B) Un grupo debe estar basado en una característica común de sus miembros,  como su raza real o perceptiva, el origen nacional o étnico, el lenguaje, el color, la religión, el sexo, la  edad, la discapacidad intelectual o física, la orientación sexual u otro factor similar.

El Ministerio del Interior de España, con la colaboración de la Policía Nacional y la Guardia Civil, publicó un tríptico sobre cómo identificar un delito de odio y qué hacer en caso de ser víctima. 


Se puede afirmar que lo que distingue un delito de odio de un atentado terrorista, a rasgos generales, es que en el caso de los delitos de odio las víctimas son elegidas específicamente con motivos discriminatorios, mientras que las víctimas de los atentados terroristas son indiscriminadas.

CONSECUENCIAS PENALES

El delito de odio es simplemente un agravante de pena. Mientras que el terrorismo, si mata a al menos una persona, conlleva la mayor condena del Código Penal español.

Por otro lado, en cuanto a la cobertura mediática de los distintos crímenes, Persson (citado en Kearns et al., 2019; 2004) asegura que un ataque terrorista recibirá menos cobertura mediática si es enmarcado como delito de odio. 

Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo

La Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 2178, aprobada el 24 de septiembre de 2014, recoge la preocupación de la comunidad internacional por el recrudecimiento dela actividad terrorista y la intensificación del llamamiento a cometer atentados en todas las regiones del mundo.

La Resolución 1373 (2001) obligó a todos los Estados a velar por el enjuiciamiento de toda persona que participe en la financiación, planificación, preparación o comisión de actos de terrorismo o preste apoyo a esos actos. La LO 2/2015 pide a los Estados que se aseguren de que sus leyes y otros instrumentos legislativos internos tipifiquen delitos graves que sean suficientes para que se puedan enjuiciar y sancionar las conductas terroristas de tal forma que quede debidamente reflejada la gravedad del delito.

La LO 2/2015 modifica el Capítulo VII del título XXII del libro II de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, de tal forma que el rigor de la respuesta penal frente a crímenes tan graves contemple, además de las modalidades de terrorismo ya conocidas, las que proceden de las nuevas amenazas.

Artículos 571 al 580 del CP español

La reforma del Código Penal a través de la Ley Orgánica 2/ 2015 desvincula el delito de terrorismo de una organización o grupo terrorista. Esto queda claro en el artículo 573.1 del Código Penal español tras dicha reforma. La sección 2.a lleva por rúbrica «De los delitos de terrorismo» y comienza con una nueva definición de delito de terrorismo en el artículo 573 que se inspira en la Decisión Marco 2002/475/JAI del Consejo de la Unión Europea, de 13 de junio de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo, modificada por la Decisión Marco 2008/919/JAI, de 28 de noviembre de 2008.

La nueva definición establece que se considerarán delito de terrorismo la comisión de cualquier delito grave contra la vida o la integridad física, la libertad, la integridad moral, la libertad e indemnidad sexuales, el patrimonio, los recursos naturales o el medio ambiente, la salud pública, de riesgo catastrófico, incendio, contra la Corona, de atentado y tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos, previstos en el presente Código, y el apoderamiento de aeronaves, buques u otros medios de transporte colectivo o de mercancías, cuando se llevaran a cabo con cualquiera de las siguientes finalidades:

  1. Subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas o de las estructuras económicas o sociales del Estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo;
  2. Alterar gravemente la paz pública;
  3. Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional;
  4. Provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.

A partir de la reforma, no es necesario que haya una relación con una organización terrorista, basta con que la conducta se desarrolle con alguna de las finalidades recogidas en el artículo. Los medios empleados, por ejemplo, el recurso a la violencia, van a determinar dentro de qué tipo penal encaja la conducta, pero no son el elemento que define una conducta como delito de terrorismo (Carreras Aguerri, 2020:  40). El carácter de delito de terrorismo no se lo da el uso de la violencia, sino la finalidad con la que se ejecuta la acción.

El artículo 573 bis establece la pena que corresponde a cada delito de terrorismo, partiendo de que si se causa la muerte de una persona se aplicará la pena de prisión por el tiempo máximo previsto en el Código Penal.

El artículo 574 establece la tipificación de todas aquellas conductas relacionadas con el depósito de armas y explosivos, su fabricación, tráfico, suministro o la mera colocación o empleo de los mismos, cuando se persigan las finalidades enumeradas en el apartado 1 del artículo 573. Se recoge de manera particular la agravación de la pena cuando se trate de armas, sustancias o aparatos nucleares, radiológicos, químicos o biológicos, o cualesquiera otros de similar potencia destructiva.

El artículo 575 tipifica el adoctrinamiento y el adiestramiento militar o de combate o en el manejo de toda clase de armas y explosivos, incluyendo expresamente el adoctrinamiento y adiestramiento pasivo, con especial mención al que se realiza a través de internet o de servicios de comunicación accesibles al público, que exige, para ser considerado delito, una nota de habitualidad y un elemento finalista que no es otro que estar dirigido a incorporarse a una organización terrorista, colaborar con ella o perseguir sus fines. También se tipifica en este precepto el fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros, esto es, quienes para integrarse o colaborar con una organización terrorista o para cometer un delito de terrorismo se desplacen al extranjero.

El artículo 576 establece la pena para las conductas relacionadas con la financiación del terrorismo incluyendo a quien, por cualquier medio, directa o indirectamente, recabe, adquiera, posea, utilice, convierta, transmita o realice cualquier otra actividad con bienes o valores de cualquier clase con la intención de que se utilicen, o a sabiendas de que serán utilizados, en todo o en parte, para cometer cualquiera de los delitos comprendidos en este Capítulo. La tipificación incluye las formas imprudentes de comisión del delito, como la negligente omisión de los deberes emanados de la normativa sobre blanqueo de capitales y prevención de la financiación del terrorismo.

El artículo 577 recoge la tipificación y sanción de las formas de colaboración con organizaciones, grupos o elementos terroristas, o que estén dirigidas a cometer un delito de terrorismo. Se contemplan específicamente las acciones de captación y reclutamiento al servicio de organizaciones o fines terroristas, agravando la pena cuando se dirigen a menores, a personas necesitadas de especial protección o a mujeres víctima de trata.

El artículo 579 bis incorpora, siempre que se den las circunstancias enumeradas en dicho precepto, las penas de inhabilitación absoluta y la novedosa pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en los ámbitos docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre 6 y 20 años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en su caso en la sentencia. Además, se prevé la posibilidad de atenuación de la pena a quienes hayan abandonado voluntariamente sus actividades delictivas y colaboren con las autoridades, y también en el caso de que el hecho sea objetivamente de menor gravedad, atendidos el medio empleado o el resultado producido. 

Finalmente, el artículo 580 contempla que, en todos los delitos de terrorismo, la condena de un juez o tribunal extranjero será equiparada a las sentencias de los jueces o tribunales españoles a los efectos de aplicación de la agravante de reincidencia.

Tipificación de la radicalización  

Como medida punitiva anterior a los delitos de terrorismo que atentan contra la integridad física de las personas, los sistemas democráticos desarrollaron distintos mecanismos (García et al., 2022):

El artículo 578 del Código Penal español introdujo un subtipo agravado y unas medidas cautelares que regulan el enaltecimiento del terrorismo y la humillación de sus víctimas.

Las Sentencias 235/ 2007 y 812/ 2011 del Tribunal Constitucional español denominan 'discurso de odio' a la alabanza o justificación de acciones terroristas. La Sentencia del Tribunal Supremo 224/2010 añade que el 'radical' focaliza su discurso del odio en el exterminio del distinto, en la intolerancia más absoluta, en la pérdida del pluralismo político y, en definitiva, en generar un terror colectivo que sea el medio con el que conseguir esas finalidades. Y la Sentencia del Tribunal Supremo 676/ 2009 indica que el enaltecimiento del terrorismo se regula con el fundamento de no criminalizar opiniones discrepantes sino de combatir actuaciones dirigidas a la promoción pública de quienes ocasionan un grave quebranto en el régimen de libertades y daño a la paz de la comunidad con sus actos criminales, atentando contra el sistema democrático establecido (García et al. 2022: 150).

La Resolución 2178 (2014) de Naciones Unidas pretende combatir la expansión territorial del Dáesh en Irak y Siria, la peligrosidad de los 'combatientes terroristas extranjeros' (CET). Por primera vez, el Consejo de Seguridad pide a actores no estatales que depongan las armas y que los Estados deben tipificar una serie de conductas relacionadas con los viajes con fines terroristas. Al principio, parece que evita una definición simplista del proceso de génesis de las actividades terroristas, pero esto se desvanece cuando se describe la necesidad de prevenir la radicalización fundamentalmente a través de acciones sobre individuos, acaba por concluir que los radicalizados y potenciales radicales serían sujetos residentes en países occidentales, musulmanes, inmigrantes supuestamente no integrados, que abrazan una ideología extrema (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 47).

La Directiva de la UE de 2017 dispone medidas contra la radicalización sobre la consideración de la misma como un proceso individual, tipifica el 'viaje con fines terroristas' olvidando la dimensión global del terrorismo anteponiendo la limitación de movimientos de potenciales terroristas hacia suelo europeo. Además, propone una diferenciación entre los delitos de terrorismo propiamente dichos, los delitos relacionados con un grupo terrorista y los delitos relacionados con las actividades terroristas. Entre estos últimos incluye: la provocación, la captación, el adiestramiento (que no es lo mismo que el adoctrinamiento, al que se refiere el CP español), la recepción de adiestramiento (pero no de adoctrinamiento, ni tampoco el auto adoctrinamiento, como recoge el CP español), la financiación y otros delitos relacionados, como robos, extorsiones y falsedades. Evita la penalización expresa de las conductas relativas al adoctrinamiento ideológico (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021).

De acuerdo con el informe explicativo del Protocolo adicional al Convenio del Consejo de Europa para la prevención del terrorismo, el mero hecho de visitar sitios web que contengan información o de recibir comunicaciones que puedan utilizarse para el adiestramiento para el terrorismo no es suficiente para cometer el delito de recibir adiestramiento para el terrorismo. El artículo 3.1 del Protocolo determina que por ‘recibir adiestramiento con fines de terrorismo’ se entenderá recibir instrucción, incluidos conocimientos o destrezas prácticas, de otra persona para la fabricación o uso de explosivos, armas de fuego u otras armas o sustancias nocivas o peligrosas, o para e empleo de otros métodos o técnicas específicos con objeto de cometer o contribuir a la comisión de delitos de terrorismo (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 48).

Varias reformas, a nivel nacional, han adelantado la intervención penal a la esfera de la preparación individual para poder castigar el enaltecimiento o la justificación pública de los delitos comprendidos en los delitos comprendidos en los artículos 572 a 577 (es decir, también la apología del auto adoctrinamiento, por ejemplo), o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas (artículo 578 CP) (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 50).

También se añade el entorno digital a los criterios penales elevándose la pena si la difusión del mensaje se lleva a cabo a través de internet u otras tecnologías de la información. El artículo 579 del CP castiga la difusión pública de mensajes o consignas que tengan como finalidad o que, por su contenido, sean idóneos para incitar a otros, a la comisión de alguno de los delitos de este capítulo (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 50).

Con la reforma del CP de 2015, el artículo 572.2 castiga con la pena de 2 a 5 años a quien, con la finalidad de capacitarse para cometer alguno de los delitos de terrorismo o referidos a las organizaciones y grupos terroristas, lleve a cabo, por sí mismo, alguna de las actividades de adiestramiento o adoctrinamiento pasivo descritas en el primer número del precepto (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 51).

Aguerri (2018; citado en Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 52) expone que la tipificación de las conductas de enaltecimiento, auto adoctrinamiento y difusión, representa situar a la radicalización en el objeto central de la política criminal, lo que conlleva la condena de conductas individuales cuya única conexión con el terrorismo es de índole subjetiva (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 52).

Es difícil para el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional establecer esa conexión, lo que se describe a menudo como activismo virtual se presenta en la mayoría de los casos como una suma de conductas que incluyen el acceso a la propaganda yihadista, comentarios de aprobación, enaltecimiento y/o mensajes de provocación inconcretos y, en ocasiones, la manifestación de la voluntad de integrarse en un futuro no determinado (Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 53). En la mayoría de casos, los tribunales terminan por aplicar el delito de colaboración del artículo 577 del CP que prevé una pena más grave.

El Derecho español ha adelantado las barreras punitivas y ha pasado a legislar desde el Derecho penal simbólico en un intento de paliar la sensación de inseguridad social producida tras los últimos atentados terroristas (Avilés Hernández, 2020: 3).

Las sucesivas reformas legales han ido aumentando la intervención de la justicia penal. De condenar la comisión de un atentado o el hecho de estar planeándolo, como se recogía en la redacción original del Código Penal de 1995, se ha ido retrocediendo hasta llegar a condenar a alguien por acceder a información que pudiera llevarle a integrarse en un grupo terrorista, como se recoge en el artículo 575 de la ley actual (Carreras Aguerri, 2017: 147).

La lucha contra los terroristas se ha ampliado a 'la lucha contra los radicales' (Carreras Aguerri, 2017: 148). Se han tipificado delitos 'de subjetividad': los delitos de enaltecimiento del terrorismo, difusión del terrorismo y auto adoctrinamiento terrorista. El Derecho ha pasado de limitarse al plano de las conductas objetivas a extenderse hasta el plano de las subjetividades (Carreras Aguerri, 2017: 148). El Derecho Penal español utiliza la retórica punitivista y la expansión del ala penal del Estado (Wacquant, 2010) como un elemento para criminalizar a ciertos sectores de la población (Jiménez Franco, 2015, 35) (Citados en Carreras Aguerri, 2017: 162).

Ante la creencia de que las medidas ordinarias eran insuficientes o poco efectivas (Rivera, 2018: 398) comenzaron a desarrollarse subsistemas penales específicos que, orbitando en torno a la concepción del enemigo (Jakobs y Cancio Meliá, 2006) supusieron la implementación de medidas específicas como las leyes antiterroristas o la creación de tribunales especiales y cárceles de máxima seguridad (Brandariz y Faraldo, 2006: 31). 

Como señala Rivera, este conjunto normativo nació bajo la justificación -o, al menos, sobre el papel- de combatir un fenómeno delictivo muy específico y con la promesa de que únicamente se encontraría vigente durante el tiempo estrictamente necesario, lo cierto es que esta 'cultura de la excepcionalidad' no solo está plenamente vigente en la actualidad sino que, además, se ha expandido a otras esferas de la legislación penal que nada tienen que ver con el terrorismo (2018: 400), dando lugar a una difuminación constante de la barrera entre la normalidad y la excepcionalidad jurídica (Lamarca, 2017: 47; citado en Fernández Abad, 2017: 329)

De acuerdo con Mythen (2009; citado en Fernández Abad y Ropero Carrasco, 2021: 40), a pesar de la construcción del musulmán como un 'otro' peligroso no es algo particularmente novedoso, sí lo es el impulso que han adquirido estas narrativas en el contexto de una 'guerra contra el terror' donde el islam ha sido presentado como una religión problemática y los musulmanes como una amenaza a la seguridad nacional de los países occidentales.